CONVENIO 49 INURBE – FINDETER REUNIONES DE SEGUIMIENTO FEBRERO Y MARZO DE 2003

Comité de Coordinación

Convenio Interadministrativo de Cooperación No. 49 de 2.002,
INURBE – FINDETER




REUNIONES DE SEGUIMIENTO JUEVES FEBRERO 20 Y MARZO 03 DE 2003.




Acta 01

Comité de Coordinación

Lunes, Marzo 03 de 2.003

En la Ciudad de Bogotá, D.C., en la Sala de Juntas de la Presidencia de la Financiera de Desarrollo Territorial S.A., a los 03 días del mes de Marzo de 2.003, siendo las 3:00 p.m. se reunieron por convocatoria de Findeter, los miembros del Comité de Coordinación del Convenio Interadministrativo de Cooperación No. 049, suscrito entre el Inurbe y Findeter.

ASISTENTES:

Por el Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial

            Piedad Rodríguez A.                  Asesora Dirección de Vivienda

            Gustavo Arias N.                       Asesor Dirección Sistema Habitacional

Por el Instituto Nacional de Vivienda de Interés Social y Reforma Urbana – INURBE

            Ivonne Liliana Walteros P.         Gerente General

            Jair A. Sepúlveda G.                  Subgerente Técnico

            Jaime Eduardo Botero G.           Subgerente de Planeación y Sistemas

Por la Financiera de Desarrollo Territorial S.A. – FINDETER

            Luis Carlos Gómez Jaramillo      Secretario General

            Juan Guillermo Salazar P.          Gerente Programa de Vivienda

            Jorge Ivan Bedoya                    Director de Procesos e Información

            Luis J. Sánchez B.                     Jefe División Seguimiento y Apoyo

            Rafael Daza C.                          Profesional IV Div. Seguimiento y Apoyo

            Luis Alberto Vargas B.               Asesor Gerencia Programa de Vivienda

Se acusa recibo del mensaje del Dr. Josué Gastelbondo Amaya, Director General del Sistema Habitacional del Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, quien se excusa de asistir a esta reunión y envía como sus delegados a los Doctores Rodríguez y Arias.


Temas:

  1. Informes de Gestión
  2. Desarrollo del Convenio

a)        Modificación y Revocatoria de Certificados de Elegibilidad.

b)        Acta de cierre de las convocatorias, consolidado.

c)        Segundo calificador, segunda Instancia de Evaluación.

d)        Punto de Equilibrio.

e)        Tarifas.

f)         Manejo Documental.

  1. Otros Temas Relevantes para la Ejecución del Convenio

a).       Caso Regional Barranquilla, Proyectos Cartagena.

b).       Proyectos Especiales (Raizales, sistemas no tradicionales, Ley 708 y Ley 70 negritudes, zonas de rehabilitación).

c).        Revisión normas y procedimientos.

d).       Capacitación y Atención de Público.


Desarrollo:

1.    Informes de Gestión

Findeter procede a hacer entrega oficial a los asistentes, el Informe de Gestión del Convenio que abarca las actividades ejecutadas desde el inicio del convenio hasta la fecha, el Contenido del Informe es el Siguiente:

         Introducción

                  CAPÍTULO 1

                  1.1. Convenio Interadministrativo

                  1.2. Marco Normativo del Convenio

                  1.3. Obligaciones de FINDETER

                  1.4. Obligaciones del INURBE

                  1.5. Resoluciones y Circulares FINDETER

                  1.6. Página Web FINDETER

                  1.7. Sistema de Información: SIVIS

                  CAPÍTULO 2

                  2.1. Desarrollo del Convenio

                  2.2. Infraestructura Física y Operativa

                  2.3. Manuales de Soporte Técnico y Operativo

                  2.4. Capacitación del Equipo Operativo

                  2.5. Recepción y Evaluación de Proyectos

2.6. Respuesta solicitudes de Información, Derechos de Petición y Acciones de Tutela.

                  CAPÍTULO 3

                  Convocatoria de Bolsa Ordinaria

                  CAPÍTULO 4

                  Convocatoria de Esfuerzo Municipal

                  CAPÍTULO 5

                  Convocatoria de Cajas de Compensación

                  CAPÍTULO 6

                  Sistematización de los Procesos y Procedimientos

                              Retroalimentación

                              Recomendaciones

                              Capacitación a Oferentes

                              Problemas más comunes que Impiden la Elegibilidad

                  CAPÍTULO 7

                  Línea de Crédito FINDETER para VIS

Otras Líneas y Acciones de FINDETER de apoyo a los Municipios en Materia de Vivienda Social

                  ANEXOS

                  1. Convenio Interadministrativo No. 049

                  2. Relación Proyectos Bolsa Ordinaria

                  3. Relación Proyectos Esfuerzo Municipal

                  4. Relación Proyectos Cajas de Compensación

                  5. Certificados de Elegibilidad

 

El Inurbe recibe el Informe y se compromete a presentar sus observaciones sobre el contenido para proceder a su aprobación.

 

2.    Desarrollo del Convenio

a.            Modificación y Revocatoria de Certificados de Elegibilidad.

Findeter plantea la necesidad de implementar un procedimiento que permita atender las solicitudes de algunos oferentes que piden la ampliación de los Certificados de Elegibilidad hasta el plazo de los dieciocho (18) meses, debido a que en la fecha de radicación de documentos las licencias se encontraban vigentes pero próximas a vencerse y la norma permite que la ampliación solamente se solicite en el mes inmediatamente anterior al vencimiento, debido a esto los certificados de elegibilidad fueron expedidos con las fechas de vencimiento inicial, ahora se han presentado casos en los cuales piden esta ampliación, en algunos casos también se solicitan correcciones de los certificados por números de cédulas, y otros errores que pueden presentarse en la expedición de los mismos.

El Inurbe informa que a ellos también se les presentaban estos casos y que lo que se hacía era revisar el proyecto y contrastarlo con la Licencia que se ampliaba para verificar que las condiciones del proyecto fueran idénticas, una vez se verificaba esto se expedía una nueva certificación de elegibilidad ampliando la fecha de su vigencia.

Se acuerda en este Comité que Findeter podrá atender estos casos y proceder a emitir los Certificados de Elegibilidad ampliando estas vigencias hasta el plazo inicial de los dieciocho (18) meses o el plazo menor que fije la prórroga de la licencia, según sea el caso; igual podrá hacerse cuando se presenten errores de digitación de los certificados.  En los casos que se estime pertinente se podrán pedir documentos adicionales para verificar que no se hayan presentado cambios sustanciales en los proyectos.

En cuanto a la Revocatoria de Elegibilidades, el Inurbe solicita que se revisen todos los proyectos y se hagan las visitas respectivas para establecer posibles fallas en la documentación aportada por los oferentes, sea por falsedad y/o por no cumplir en cuanto a la verificación de las condiciones básicas, una vez se verifique esta información sea remitida a INURBE.

Findeter procederá a realizar las visitas y a confrontar la veracidad de la información, en caso de encontrar falsedad o incumplimiento de las condiciones expresadas en la documentación soporte del proyecto se procederá a revocar la elegibilidad.  Esto se hará mediante acto administrativo motivado.


b.           Cronograma de Convocatorias y Plazos (términos) para Evaluación.

Findeter plantea la necesidad de revisar los tiempos y términos para las convocatorias futuras, esto con base en la experiencia de las dos pasadas convocatorias que generaron unos picos muy altos de proyectos radicados a última hora que impidieron en muchos casos que se lograra una retroalimentación con los oferentes para resolver asuntos o corrección de documentos que pudiesen haber ayudado a declararlos elegibles.

El Inurbe plantea la necesidad de generar procedimientos expeditos y continuos para el proceso de elegibilidad y postulaciones, se piensa en generar fechas clave de cierres en donde participen los proyectos que cumplan con todos los requisitos a esa fecha, definiendo así mismo la fecha cierre de recepción de documentos y el plazo máximo para el arreglo de los proyectos, en principio se piensa que un plazo de 30 días es factible para que un proyecto entre en la convocatoria.

Al igual que la presentación de proyectos para la Convocatoria de Cajas de Compensación Familiar que en la actualidad es permanente, debía abrirse para todas las demás convocatorias.

Se concluye al respecto, que un buen sistema para esta evaluación sería estableciendo que en cualquier momento se pueden radicar los proyectos y se establece un plazo (términos) de evaluación, al cabo del cual la entidad evaluadora emite su concepto y se le da un término al oferente para allegar los documentos o corregir los proyectos, al cabo del cual si la documentación es satisfactoria se declara legible y si no se rechaza y se devuelve.

Para esto se requiere también que las entidades que participan en el tema procedan a realizar una revisión de los procedimientos, de los plazos para evaluar y expedir las elegibilidades, para hacer de este proceso uno mucho más ágil, expedido y transparente como hasta el momento se ha logrado.

El Inurbe presenta un cronograma tentativo de las convocatorias:

Marzo-Abril:           Proyectos Especiales,

Abril-Mayo: Ley 708,

Mayo-Junio:           Bolsa Ordinaria, y

Julio-Agosto:          Esfuerzo Municipal.

A manera de conclusión de este tema, se establecerán cronogramas anuales para ajustarlos a los plazos y términos de evaluación de toda la política de vivienda.


c.            Acta de cierre de las convocatorias, consolidado.

El Inurbe solicita a FINDETER que al cabo del proceso de recepción de proyectos, proceda a levantar Actas de Cierre de Recepción y de igual forma al cabo del plazo para la Evaluación de Elegibilidad levante igualmente otra acta con los resultados, este reporte consolidado y la información en medio magnético sea enviada a Inurbe y al Ministerio.


d.           Segundo calificador, segunda Instancia de Evaluación.

El Inurbe solicita a Findeter que formalice un procedimiento para recurso de reposición y la posibilidad de contar con segundos evaluadores.  Findeter informa que ya ha tenido que responder derechos de petición y tutelas, además la expedición de los actos administrativos relacionados con este proceso, están centralizados en Bogotá y la única instancia es la Nacional, por ello la segunda instancia sería ante el Contencioso Administrativo.


e.            Punto de Equilibrio.

Findeter plantea la necesidad de definir una metodología sobre el cálculo de punto de equilibrio, el Inurbe operaba bajo el supuesto de las 2/3 partes (establecido en normas), pero se está de acuerdo en evaluar su validez tanto para proyectos Colectivos como Individuales y debe ser revisado para incluir todas las variables posibles en cuanto a la forma de presentación de los proyectos.

Se concluye que cuando los Oferentes lo presenten, deben sustentarlo mediante un documento en el cual informen cómo lo calcularon.

Se plantea unificar la metodología con el Sistema Financiero, Granahorrar, BBVA (fórmula España), Banco Santander, etc.


f.            Tarifas.

El Inurbe informa que el Banco Agrario solicitó reajustar las tarifas con IPC.

Findeter informa que procedió a actualizarlas de acuerdo con el Salario Mínimo Mensual Legal Vigente y ya ha publicado en Internet las tarifas para el 2.003.

Se ha planteado la inquietud por parte de los Municipios cuyos proyectos fueron rechazados para que el cobro sea menor en la siguiente postulación después de haber sido Rechazado o No Elegible.  Ante esto Findeter informa que se encuentra en estudio por parte de su división jurídica sobre esta posibilidad; lo más seguro es que no sea viable debido a que genera mayores costos operativos y administrativos un proyecto Rechazado o No Elegible debido a la carga que genera la contestación de peticiones, tutelas y además los costos de fotocopias y traslado de documentos para contestar las peticiones.


g.           Manejo Documental.

Por solicitud de las Cajas de Compensación Familiar el Ministerio que es la entidad que posee en su poder las carpetas de los proyectos de Esfuerzo Municipal, procederá a remitir a los oferentes las carpetas de beneficiarios de proyectos colectivos que fueron radicadas para la evaluación del proyecto, y a sacar copias de las postulaciones a los oferentes para que ellos las puedan entregar a las Cajas.

En cuanto a la custodia de los documentos soportes del proceso, el Ministerio devolverá a Findeter las AZ y carpetas de los proyectos, para que estén disponibles en cada regional para facilitar el trabajo de seguimiento durante la etapa de ejecución de los Proyectos Elegibles.

Hacia el futuro se concluye que debe implementarse un sistema de archivo magnético de los proyectos radicados por los oferentes para preservar la información, en especial de los proyectos Rechazados y No elegibles de los cuales se pueden derivar acciones y recursos legales que deben ser contestados.  Findeter plantea la posibilidad de implementar un procedimiento de escáner para toda la documentación y devolución de originales al cliente; esta herramienta permite publicar toda la información en la Web y así todas las entidades participantes pueden tener acceso sin necesidad de generar duplicidad de documentos, el costo de esto debe ser incrementado a las tarifas, o los oferentes deben presentar la documentación física y en medio magnético según las condiciones de software establecidas por la entidad evaluadora, o mediante la selección de determinadas firmas que presten este servicio para digitalizar la información en imágenes y datos.

En cuanto a la vigencia de los Certificados de Tradición presentados por las familias, se plantea que las Cajas acepten los documentos presentados inicialmente a Findeter, así su vigencia ya haya superado el plazo, pues se entiende que ya fueron evaluados por una entidad oficial y de esta forma se evita la generación de más costos para las familias y de duplicidad en la documentación que deben presentar los oferentes y los postulantes, el Inurbe les oficiará en esta sentido a las Cajas.

El Inurbe solicita que se le remita la Base de Datos consolidada con la Información de los proyectos con Certificado de Elegibilidad; el INURBE envía modelo en archivo plano para hacer esta remisión.

En cuanto al Registro de Oferentes, Findeter está trabajando en una propuesta que consiste en ingresar toda la información de los oferentes a través de la página web e implementar un sistema de verificación de información para calificar a los oferentes.

 

3.    Otros Temas Relevantes para la Ejecución del Convenio

a.            Caso Regional Barranquilla, Proyectos Cartagena.

Se plantea por parte de las entidades participantes en este proceso, la necesidad de realizar una auditoria y seguimiento especial a los proyectos; es vital para el proceso contar con una evaluación ex-post a los proyectos para evitar cualquier tipo de manipulación de la información que induzca a error a las entidades.

Inurbe plantea la información sobre la identificación de antiguos contactos gestores de programas de vivienda que trabajaban con los proyectos radicados ante el Inurbe que se han estado desplazando hacia Findeter, en sus regionales de la Costa, Tolima y Antioquia, para evitar que se degenere el proceso se plantea que se realice un muestreo para evaluar la gestión de los evaluadores.  De igual forma reconoce el Inurbe que pese al poco tiempo que ha participado Findeter, los resultados son muy satisfactorios, y esta alerta que se da es precisamente para prevenir que ocurran estas situaciones.

Inurbe recomienda y remitirá a Findeter los informes de Contraloría y sus Resúmenes para evaluar las deficiencias del proceso de elegibilidad y facilitar la optimización del mismo en el futuro.

Se plantea como recomendación para evitar tanto intermediario en el trámite de los proyectos, que se incluya en formulario de oferta, un aspecto para que el Representante legal de la entidad oferente defina previamente el apoderado o su único interlocutor con las entidades evaluadoras.


b.           Proyectos Especiales (Raizales, sistemas no tradicionales, Ley 708 y Ley 70 negritudes, zonas de rehabilitación).

Se propone la revisión de los procedimientos de evaluación financiera para ajustarlos a los diferentes tipos de proyectos y modalidades de subsidios; esta revisión incluye licencias de urbanismo y construcción, avalúos comerciales o catastrales, y en general toda la documentación soporte, para tratar de que exista una sola forma de evaluación de los proyectos ajustable a todas las posibilidades.

Esta evaluación debe hacer énfasis en la verificación de las condiciones financieras mínimas requeridas (Acuerdo 22 Inurbe).  Igualmente existe el propósito de permitir que la presentación y evaluación de los proyectos y su posterior elegibilidad sea independiente de las convocatorias.

Lo anterior se requiere para ofrecer soluciones reales a los Proyectos Especiales; la Ministra ya lo informó públicamente, en el mes de Marzo se abre la convocatoria para atender (tutelas, actos terroristas y desastres naturales, desplazados, militares) y estos proyectos deben ser evaluados de manera especial, pues es una deuda social que tiene el Estado con estas familias que llevan años esperando estas soluciones.

Para los proyectos de desastres con proyectos formulados que no obtuvieron elegibilidad en el Inurbe, serán remitidos a Findeter para que sean evaluados y se les envíen a los oferentes o entidades responsables los resultados para que los puedan subsanar y presentar nuevamente.  Findeter le informará al INURBE las conclusiones sobre los principales aspectos de estos proyectos para generar las soluciones requeridas.

De igual forma Findeter solicita que el Ministerio defina la reglamentación en casos de proyectos especiales de Municipios que no cuenta con el POT, o de proyectos para atender poblaciones especiales.  En este aspecto se plantea la posibilidad de utilizar los lotes del Inurbe para desarrollar estos proyectos; para esto el Inurbe enviará la información de los lotes que posee en todos el país para que de común acuerdo entre Findeter y los Municipios o Departamentos se formulen y desarrollen proyectos de vivienda en ellos.

Como ejemplo se tiene el lote en San Andrés, en el cual Findeter puede para apoyar la formulación del proyecto a través de un nuevo modelo microempresarial para raizales, por ser comunidad especial Ley 708 (población insular).

Otros proyectos como este en lotes del Inurbe pueden ser los de Tumaco, que es un proyecto régimen de desplazados, asentamiento colectivo del aeropuerto, sobre el lote Inurbe, caben 936 familias y en lote aledaño de ECOPETROL caben 100 familias más, la comunidad ha pedido que sean casas en madera por el sistema tradicional.

En la Ciudad de Ibagué están pendientes los proyectos Simón Bolívar y Bella Isla, lote de INURBE (L-708).  De igual forma deben plantearse proyectos para comunidades en los Territorios Nacionales.

El Listado de todos los lotes será remitido a FINDETER por el Inurbe para procurar gestionar estos proyectos.

El Inurbe plantea que debe reglamentarse la Ley 708 y el Decreto 933 – Que exige que estos lotes se entreguen a los municipios, no a la comunidad organizada.  Debe incluirse esta posibilidad para evitar intermediarios innecesarios y reducir costos legales.

Plan Desarrollo, generar proyectos, VIS para impulsar proyectos de desarrollo, impulso a los alcaldes para cumplir con POT.


c.            Revisión normas y procedimientos.

Como parte fundamental de esta reunión se concluye en la necesidad de realizar una revisión total al Reglamento Operativo y a las Guías de Viabilización de proyectos, incluyendo todas estas observaciones que se han planteado hoy, para buscar que el proceso sea más ágil y expedito.  Con esto estimular la confianza de los particulares en las actuaciones del Estado.  De igual forma se plantea la necesidad de modificar y/o ampliar el Decreto 2620, ajustándolo a todas las variables y definiendo su alcance.

Esto plantea la revisión del Contrato con el propósito de incluir mecanismos para reglamentar los procedimientos, abierto a todos los proyectos y todas las posibilidades, así como la posibilidad de realizar convenio con la Caja Militar de Vivienda y las demás instituciones del sistema de vivienda para unificar criterios.

De igual forma debe incluirse la posibilidad de brindar capacitación; los Departamentos solicitan que Findeter brinde apoyo al Desarrollo Territorial mediante asesoría y programas de capacitación, pero los costos de ellos deben ser asumidos por Fonvivienda o por el Ministerio.

Se solicita al Ministerio que se coordine con la DIAN, la aceptación de las elegibilidades para casos especiales como los Proyectos de Vivienda del Forec y en aquellos casos que se requiere para que opere la devolución de Iva por compra de materiales.

Igualmente se plantea la necesidad de realizar reuniones de concertación con los gremios de la construcción, entre ellos Camacol, las Lonjas de Propiedad Raíz, las OPV´s, para revisar sus comentarios sobre el sistema de elegibilidad de los proyectos y tratar de concertar este proceso para mejorarlo cada día.


d.           Capacitación y Atención de Público.

Se plantea la necesidad de editar Cartillas de información, para ser distribuidas con las facturas de los servicios públicos en las zonas de mayor influencia, para orientar a los usuarios sobre todo el proceso de los subsidios y así sepan en qué proyecto aplicar.

Se solicita que las Cajas no cierren el proceso y ofrezcan la atención a los usuarios, especialmente aquellos que requieren subsidios para construcción en lote propio, ya que en la actualidad los remiten a Findeter.

Finalmente se debe iniciar el proceso de Cesión del Convenio y su Ampliación de parte del Inurbe a Fonvivienda.

Los asistentes dejan constancia de que previo a la realización del presente comité, se realizó una reunión preparatoria en la sala de Juntas del Inurbe, la cual se llevó a cabo el día 20 de febrero de 2.003, desde las 9:00 a.m. hasta las 2.00 p.m. en la cual se tocaron la mayoría de temas en este comité tratados y se estableció una agenda para la reunión del Comité de Seguimiento.

Finaliza la reunión del comité de coordinación, siendo las 5:45 p.m.

La presente acta se perfecciona con la firma de las partes.

 

Por el Instituto Nacional de Vivienda de Interés Social y Reforma Urbana – INURBE

 

 

            Ivonne Liliana Walteros P.

            Gerente General

 

Por la Financiera de Desarrollo Territorial S.A. – FINDETER

 

 

            Juan Guillermo Salazar P.

            Gerente Programa de Vivienda

 

Elaboró: Luis Alberto Vargas B. Asesor Gerencia Programa de Vivienda


CONVENIO No. 49 INURBE – FINDETER

REUNION DE SEGUIMIENTO JUEVES FEBRERO 20 DE 2003

 

ASISTENTES:

POR Inurbe:

Ivonne Liliana Walteros P. Gerente General

Jair A. Sepúlveda G. Subgerente Técnico

Jaime Eduardo Botero G. Subgerente de Planeación y Sistemas 

 

POR FINDETER

Juan Guillermo Salazar, Asesor Proyectos Especiales, Gerente Programa Vivienda

Rafael daza, Coordinador Operativo Programa Vivienda

Luis Alberto Vargas Ballén, Asesor de Gerencia Programa Vivienda

 

Temas:

 

1.            Proyectos por fuera de Bolsa ordinaria y Esfuerzo Municipal.

2.            Proyectos especiales (Raizales, sistemas no tradicionales).

3.            Cronogramas y plazos (términos).

4.            Caso regional Barranquilla, Proyectos Cartagena.

5.            Vigencias licencias de construcción - elegibilidad.

6.            Acta de cierre de las convocatorias, consolidado.

7.            Segundo calificador, segunda Instancia de Evaluación.

8.            Registro de Oferentes, Evaluación exPost.

9.            Atención de beneficiarios (construcción en lote propio) remisión a OPV’s.

10.          Puntos de equilibrio – Certificados de elegibilidad – postulación.

11.          Tarifas.

12.          Revisión procedimientos – certificación ISO, requisitos para la Elegibilidad.

13.          Seguimiento.

 

Desarrollo:

 

1.           Casos: Ley 708 y Ley 70 negritudes, zonas de rehabilitación.

Se propone que se revise el procedimientos de evaluación financiera para ajustarlos a los diferentes tipos de proyectos y modalidades de subsidios, esta revisión incluye licencias de urbanismo y construcción, avalúos comerciales o catastrales, etc.  Se trata de que exista una sóla forma de evaluación de los proyectos ajustable a todas las posibilidades.

La evaluación de las condiciones financieras mínimas requeridas (Acuerdo 22 INURBE).  Igualmente existe el propósito de permitir que la presentación y evaluación de los proyectos, y posterior elegibilidad sea independiente de las convocatorias.  Es decir que se reciban y evalúen proyectos permanentemente.

Vivienda rural – Banco Agrario.

Revisar el Contrato: Incluir mecanismos para reglamentar los procedimientos, abierto a todos los proyectos y todas las posibilidades.  Realizar convenio con la Caja Militar de Vivienda y las demás instituciones del sistema de vivienda para unificar criterios.

Los Departamentos solicitan que FINDETER brinde apoyo al Desarrollo Territorial mediante asesoría y programas de capacitación, esta es una solicitud de los departamentos.

Se plantea la necesidad de modificar y/o ampliar el Decreto 2620, ajustándolo a todas las variables y definiendo su alcance.

Se solicita que se coordine con la DIAN, la aceptación de las elegibilidades para casos especiales como el Forec, para que opera la devolución de Iva por compra de materiales.

Igualmente se plantea la necesidad de realizar reuniones de concertación con los gremios de la construcción, entre ellos  Camacol, las Lonjas de Propiedad Raíz, las OPV´s, para revisar sus comentarios sobre el sistema de elegibilidad de los proyectos y tratar de concertar este proceso para mejorarlo cada día.


2.            Convocatorias:  Generar procedimientos continuos de elegibilidad, postulaciones, solo generando fechas de cierres en donde participen los proyectos que cumplan con todos los requisitos, definiendo así mismo cierre de recepción y arreglo de proyectos.  Plazos 30 días antes para entrar a la convocatoria.

Abrir el contrato a todos los procedimientos de convocatorias posibles.

Plazo (términos) de evaluación: revisar procedimientos, plazo para evaluar y expedir las elegibilidades, los proyectos colectivos con asignación parcial. (certificados subsanar deficiencias).

Atención: carpetas de beneficiarios de proyectos colectivos, sacar copias de las postulaciones a los oferentes, entregarlas para que sean remitidas a las Cajas.

Custodia de documentos: Ministerio a FINDETER en cada regional para facilitar el seguimiento (Proyectos Elegibles).  Debe implementarse un sistema de archivo magnético para preservar la información de los oferentes, en especial de los proyectos Rechazados y No elegibles.  Procedimiento: scanear documentos y devolución de originales.

Revisar procedimiento: recepción, revisión, radicación, concepto, subsanar errores en los certificados y/o ampliación de plazos.

Se establecerán cronogramas anuales para ajustarlos a los plazos y términos de evaluación de toda la política de vivienda.

Incluir en formulario de oferta, un aspecto para definir el apoderado o único interlocutor del proyecto con las entidades evaluadoras.

Estudiar y plantear la Ampliación de la vigencia y modificación con los ajustes requeridos del Convenio No. 49 hasta 2004.


3.            Proyectos Especiales: La Ministra ya lo informó públicamente, en el mes de Marzo se abre la convocatoria para atenderlos (tutelas, actos terroristas y desastres naturales, desplazados, militares).

Para los proyectos de desastres con proyectos armados, se remitirán a FINDETER por parte del Inurbe,. Se evaluarán y se les enviarán los resultados para que los puedan subsanar y presentar nuevamente.  FINDETER informa a INURBE las conclusiones de los proyectos para generar soluciones.

Se debe realizar una labor permanente de acompañamiento – pedagogía tanto a oferentes como a beneficiarios.

Definir reglamentación en casos de proyectos especiales sin POT para atender poblaciones especiales.  Se plantea utilizar lotes del Inurbe para desarrollar estos proyectos.

INURBE envía información del lote en San Andrés a FINDETER para ayudar a montar el proyecto (Modelo Microempresarial) ára raizales.

Comunidad especial Ley 708 ( población insular).

Tumaco: Proyecto régimen de desplazados, asentamiento colectivo del aeropuerto.  Sobre lote INURBE para ley 70, caben 936 familias + lote aledaño de ECOPETROL para 100.  Casas en madera sistema tradicional.

Se requiere que el sistema de vivienda permita la focalización de recursos bajo la estructura de necesidades de cada comunidad en particular.

Ibagué: Simón Bolívar y Bella Isla, lote de INURBE (l-708).

El Listado de todos los lotes será remitido a FINDETER por el Inurbe para procurar gestionar estos proyectos.

Debe reglamentarse la Ley 708 y el Decreto 933 – Que exige que estos lotes se entreguen a los municipios, no a la comunidad organizada, debe incluiser esta posibilidad para evitar intermediarios innecesarios y abaratar costos legales.

Debe plantearse proyectos para comunidades en los Territorios Nacionales.

Plan Desarrollo, generar proyectos, VIS para impulsar proyectos de desarrollo, impulso a los alcaldes para cumplir con POT.

Mindesarrollo: Jorge Sánchez, acompañamiento a comunidades.


4.           Caso Cartagena.

Se debe realizar una auditoria y seguimiento especial al tema.

Se informa que antiguos contactos de INURBE se han desplazado a FINDETER, en sus regionales de la Costa, Tolima y Antioquia.

Debe realizarse un muestreo para evaluar la gestión.  Pese al poco tiempo que se ha tenido los resultados son satisfactorios.

Modificar el contrato para incluir la toma de muestras, y realización de auditorias y controles de calidad.  Para evaluar y tomar medidas correctivas y preventivas.  Proceso de retroalimentación, sanciones, etc.

Inurbe recomienda y remitirá a FINDETER los informes de Contraloría y sus Resúmenes para evaluar las deficiencias y poderlas evitar.


5.           Modificación de Elegibilidades.

Deben definirse procedimientos para ampliación por vencimiento y ampliación de licencias de urbanismo y construcción.  Establecer reglas claras de juego.  Reglamento operativo.


6.           Cronograma.

Inurbe presenta un cronograma tentativo de las convocatorias:

Marzo-Abril:      Proyectos Especiales,

Abril-Mayo:       Ley 708,

Mayo-Junio:     Bolsa Ordinaria, y

Julio-Agosto:    Esfuerzo Municipal.


7.           Punto de Equilibrio

Se debe plantear una metodología para definir los puntos de equilibrio, ante el Inurbe operaba bajo el supuesto de las 2/3 partes (establecido en normas), pero se está de acuerdo en evaluar su validez tanto para proyectos Colectivos como Individuales.  Revisar para todas las variables.

Cuando los Oferentes lo presenten, deben sustentarlo.

Se plantea unificar la metodología con el Sistema Financiero, Granahorrar, BBVA (fórmula España), Santander.


8.           Vigencia Certificados de Tradición.

Se plantea que las Cajas acepten los documentos presentados a FINDETER, así su vigencia ya haya superado el plazo, pues se entiende que ya fueron evaluados por una entidad oficial y de esta forma se evita la generación de más costos para las familias.

Las cajas pueden solicitar esta información directamente a las Oficinas de Registro.

Se pretende que no se dupliquen documentos.  Reglamentación Formularios.


9.           Actas de Cierre Convocatorias.

Se solicita que FINDETER levante sendas actas de cierre de recepción y de cierre elegibilidad, generando reporte y enviándolo al INURBE.

Certificado de Elegibilidad, enviar base de datos, copia de certificados, incluir al contrato, compatibilidad de sistemas, el INURBE remite modelo en archivo plano.


10.         Segundo Calificador

Formalizar procedimiento para recurso de reposición.


11.         Registro de Oferentes.

Presentar propuesta, publicar en web oferentes. Constructores.


12.         Convenio.

Se plantea la necesidad de editar Cartillas de información, distribuir con servicios públicos para orientar a los usuarios y sepan en qué proyecto aplicar.

Ser solicita que las Cajas no cierren el proceso y la atención a usuarios.


13.         Tarifas.

El Banco Agrario solicitó reajustar las tarifas con IPC (tasa, vía congreso).  Debe buscarse el soporte legal del cobro.  Costeo tarifario (versión costos FINDETER).  Posibilidad de un cobro menor en la siguiente postulación después d ehaber sido Rechazado o No Elegible.


14.         Revocatoria Elegibilidades.

Inurbe solicita que se revisen todos los proyectos y se hagan las visitas para establecer posibles fallas en la documentación, sea por falsedad y/o por no cumplir en la verificación de las condiciones falsas.

Verificación de la información de las elegibilidades, remitirlas a INURBE.


15.         Camacol.  Revisar el proceso de elegibilidad.  Licencias de urbanismo, revisión de documentos que no aportan valor.

Taller con Camacol

Programar Reunión Comité Coordinador Convenio

Cesión Convenio- Ampliación  Inurbe- FINDETER.


16.         Control Calidad Elegibilidades

Credibilidad de FINDETER, Documentación entregada, Paquete Bolsa Ordinaria – Santa Marta- Barranquilla  EFM Mindesarrollo.


Elaboro: Luis Alberto Vargas Ballén, Asesor Gerencia de Vivienda Findeter.