De Mi Casa Ya NO a los Barrios en Paz.
Por Luis Alberto Vargas Ballén.
El Programa Barrios de Paz, establecido por el
Decreto 1470 de 2024, tiene como objetivo principal contribuir a la
construcción de paz territorial mediante intervenciones integrales en
asentamientos humanos precarios, fortaleciendo las capacidades de las
comunidades y reduciendo las brechas sociales, económicas y territoriales.
El Programa busca transformar asentamientos vulnerables en territorios sostenibles, equitativos y pacíficos, mejorando la calidad de vida de sus habitantes y fortaleciendo el tejido social en Colombia.
Este programa se enfoca en conseguir una solución a las denominadas invasiones (asentamientos humanos de desarrollo incompleto como eufemísticamente se les ha llamado) y serán sus protagonistas las propias comunidades que se deben juntar a través de asociaciones y organizaciones populares de vivienda.
A continuación, se detallan sus metas y objetivos específicos:
Metas Principales:
- Mejoramiento Habitacional y Urbanístico:
- Mejoramiento
Habitacional: Intervenciones para vivienda nueva, mejoramiento de
viviendas existentes y autoconstrucción.
- Legalización
y titulación de propiedades. Reconocimiento formal de asentamientos y
regularización de propiedades.
- Construcción
de viviendas nuevas en sitio propio y mejoramiento de las existentes.
- Provisión
infraestructura y servicios públicos esenciales como agua potable,
saneamiento básico y energía; desarrollo de redes viales, saneamiento
básico, espacios públicos y equipamientos.
- Infraestructura
Comunitaria y Espacio Público:
- Construcción
y mejora de equipamientos comunitarios (educación, salud, recreación).
- Creación
y rehabilitación de espacios públicos como parques, plazas y vías
locales.
- Sostenibilidad
Ambiental:
- Incorporación
de soluciones de mitigación y adaptación al cambio climático y promoción
de la convivencia y reconciliación.
- Promover
soluciones basadas en la naturaleza, como infraestructuras verdes y
restauración ecológica.
- Gestionar
adecuadamente el riesgo en asentamientos ubicados en zonas vulnerables.
- Empoderamiento
Comunitario:
- Fomentar
la participación activa de las comunidades en la planificación y
ejecución de las intervenciones.
- Crear
condiciones para la autogestión y la cohesión social.
- Inclusión
Social y Económica:
- Reducir
la pobreza a través de estrategias multidimensionales que integren a las
comunidades en las dinámicas económicas locales.
- Promover
la economía solidaria y el turismo sostenible.
- Reconciliación
y Paz Territorial:
- Generar
pactos y acuerdos comunitarios que fomenten la convivencia pacífica.
- Implementar
estrategias de reparación y reconstrucción del tejido social, en especial
para las víctimas del conflicto.
Objetivos Específicos:
- Hábitat
y Conectividad Territorial:
- Mejorar
la calidad del hábitat mediante intervenciones que articulen vivienda,
espacio público, servicios básicos y movilidad.
- Garantizar
la integración física y funcional de los asentamientos con su entorno
urbano o rural.
- Ecoeficiencia
y Sustentabilidad:
- Promover
la ocupación sostenible del territorio, priorizando el manejo adecuado de
recursos y la mitigación de riesgos ambientales.
- Construcción
de Paz:
- Reconocer
el hábitat como un instrumento para la reconciliación y la construcción
de memoria colectiva.
- Facilitar
la implementación de acuerdos relacionados con la paz estable y duradera.
- Fortalecimiento
de Capacidades Institucionales y Comunitarias:
- Diseñar
mecanismos participativos que permitan a las entidades públicas actuar de
manera eficiente y adaptada a las necesidades locales.
Enfoques del Programa:
- Diferencial:
Adaptar las intervenciones a las características y necesidades de las
comunidades (género, etnia, población en situación de vulnerabilidad).
- Participativo:
Involucrar a las comunidades desde la planificación hasta la ejecución.
- Integral:
Coordinar acciones en dimensiones físicas, sociales, económicas y
ambientales.
El programa define instrumentos como el Plan de Gestión del
Hábitat, que establece metas, estrategias y financiación para cada
intervención, asegurando la sostenibilidad y la articulación entre actores
públicos, privados y comunitarios.
El Decreto 1470 de 2024, en el marco del Programa
Barrios de Paz, aborda la construcción de vivienda nueva y la construcción
en sitio propio como estrategias fundamentales para mejorar las condiciones
de hábitat y garantizar el derecho a una vivienda digna. Estas acciones están
diseñadas para atender tanto a las necesidades habitacionales de las
comunidades como a los principios de sostenibilidad y equidad territorial.
Construcción de Vivienda Nueva:
- Objetivo:
- Proveer
soluciones habitacionales en asentamientos previamente legalizados o en
proceso de legalización, con énfasis en poblaciones vulnerables.
- Atender
las necesidades habitacionales en zonas urbanas y rurales, garantizando
condiciones de habitabilidad, seguridad y acceso a servicios públicos.
- Condiciones:
- La
vivienda nueva puede desarrollarse en suelos formalizados, respetando las
normas urbanísticas locales y los planes de ordenamiento territorial.
- Incorporar
medidas de sostenibilidad ambiental, como eficiencia en el uso de agua y
energía, así como sistemas de gestión de residuos.
- Modalidades:
- Vivienda
promovida por el sector público, el sector privado, asociaciones
comunitarias o alianzas público-privadas.
- Posibilidad
de acceder a subsidios o financiamiento a través de recursos del
programa, administrados por Fonvivienda u otras entidades.
- Criterios
de Priorización:
- Poblaciones
desplazadas por el conflicto, víctimas de desastres naturales, o
comunidades en zonas de alto riesgo no mitigable.
Construcción en Sitio Propio: Construcción de
vivienda en terrenos ya ocupados o en propiedad de las familias, siempre y
cuando se hayan legalizado o sean susceptibles de legalización urbanística.
- Enfoque:
- Esta
modalidad busca fortalecer las prácticas de autoconstrucción y autogestión
comunitaria, promoviendo el empoderamiento de los habitantes y el uso
de materiales y técnicas sostenibles.
- Requisitos:
- El
sitio debe cumplir con las normas de seguridad estructural, accesibilidad
a servicios públicos y regulaciones urbanísticas aplicables.
- No
se permite construir en zonas de protección ambiental o áreas de riesgo
no mitigable.
- Apoyo
Técnico y Financiero:
- Las
oficinas municipales de planeación o las entidades correspondientes deben
proporcionar asesoría técnica para garantizar que las viviendas cumplan
con las normativas de habitabilidad.
- Fonvivienda
puede otorgar recursos para la construcción en sitio propio, priorizando
el uso de tecnologías limpias y sostenibles.
Sostenibilidad y Articulación:
- Ambas
modalidades de construcción (vivienda nueva y en sitio propio) están
alineadas con los principios del programa, que incluyen:
- Uso
eficiente del suelo.
- Integración
de soluciones basadas en la naturaleza.
- Promoción
de comunidades sostenibles, equitativas y resilientes al cambio
climático.
El Programa Barrios de Paz reconoce la construcción
de vivienda nueva y la construcción en sitio propio como elementos
clave para transformar los asentamientos informales en territorios dignos,
sostenibles y adaptados a las necesidades de sus comunidades.
El Plan de Gestión del
Hábitat es el instrumento principal para planificar, gestionar y
financiar las intervenciones dentro del Programa Barrios de Paz. Su elaboración
y plazos clave son los siguientes:
Elaboración:
- Contenido:
- Identificación
y delimitación del área objeto de intervención.
- Diagnóstico
de las condiciones físico-espaciales, sociales y económicas del
asentamiento.
- Estrategias
para mejorar infraestructuras, servicios públicos, equipamientos y
espacio público.
- Propuestas
para la inclusión productiva, el fortalecimiento social y la creación de
territorios de paz.
- Estrategias
financieras con fuentes de financiación, costos estimados y cronogramas.
- Mecanismos
para prevenir el crecimiento informal del asentamiento.
- Participación
comunitaria:
- Incluye
procesos de planeación participativa para garantizar que las
intervenciones respondan a las necesidades sociales, económicas y
culturales de la comunidad beneficiada.
- Impulsa
consensos y acuerdos con la población para asegurar la sostenibilidad de
las acciones.
- Articulación
institucional:
- Se
deben coordinar los planes con las normas urbanísticas vigentes, los
planes de ordenamiento territorial y otros instrumentos relacionados.
Plazos de Expedición:
- La
responsabilidad recae en los alcaldes municipales o distritales,
quienes tienen la discreción de determinar los plazos y autoridades que
participarán en la estructuración y ejecución del plan.
- Sin
un plazo específico definido en el decreto, pero su ejecución debe
ajustarse a los cronogramas establecidos en los convenios y a las
necesidades del programa.
- Es
clave que el plan sea adoptado antes de iniciar cualquier intervención
física, para garantizar que las acciones sean coherentes con los objetivos
del programa y las normas aplicables.
Fuentes de financiación.
El Decreto 1470 de 2024 establece múltiples fuentes y
mecanismos para financiar las intervenciones del Programa Barrios de Paz.
Aquí se detallan las principales fuentes y la obligatoriedad relacionada:
Fuentes de Recursos:
- Recursos
del Gobierno Nacional:
- Aportes
del Fondo Nacional de Vivienda (Fonvivienda), que puede constituir un patrimonio
autónomo mediante contratos de fiducia mercantil. Este patrimonio
administra los recursos y contrata las intervenciones necesarias.
- Presupuesto
General de la Nación, con criterios de necesidad y viabilidad para las
solicitudes presentadas por las autoridades territoriales.
- Aportes
Territoriales:
- Las
entidades territoriales pueden asignar recursos en dinero o especie para
obras y acciones del programa, los cuales también pueden ser transferidos
al patrimonio autónomo.
- Contribuciones
de Particulares y Comunidad:
- Se
incentiva la participación de particulares, asociaciones y la comunidad,
quienes pueden hacer aportes voluntarios para complementar la
financiación.
- Alianzas
Público-Privadas y Público-Populares:
- Los
planes pueden estructurarse con recursos provenientes de asociaciones
entre los sectores público, privado y comunitario, promoviendo un uso
eficiente y coordinado de los fondos.
- Recursos
Complementarios:
- Se
contemplan beneficios tributarios, pagos compensatorios y mayores
aprovechamientos urbanísticos como incentivos para generar recursos
adicionales.
Obligatoriedad de Financiamiento:
- Obligación
del Gobierno Nacional:
- El
Gobierno debe garantizar recursos suficientes para la implementación de
las metas del Programa Barrios de Paz, de acuerdo con los principios de
equidad territorial y las políticas públicas incluidas en el Plan
Nacional de Desarrollo.
- Fonvivienda
tiene el mandato de suscribir convenios con las autoridades territoriales
para definir los aportes y responsabilidades financieras.
- Obligación
de los Municipios y Distritos:
- Las
autoridades locales están obligadas a estructurar y ejecutar los planes
de intervención en los asentamientos bajo su jurisdicción, siguiendo las
normas establecidas en el decreto y asegurando la asignación de recursos
locales necesarios.
El rol de las asociaciones y
organizaciones populares de vivienda.
En el marco del Programa Barrios de Paz establecido
por el Decreto 1470 de 2024, las asociaciones y organizaciones populares de
vivienda desempeñan un papel central como actores comunitarios en la
planificación, implementación y sostenibilidad de las intervenciones. Su
participación es clave para garantizar la corresponsabilidad, la inclusión y el
empoderamiento de las comunidades beneficiarias. A continuación, se detalla su
rol:
Roles y Funciones:
1. Planeación y Participación:
- Participación
en los Planes de Gestión del Hábitat:
- Las
organizaciones populares de vivienda colaboran en la formulación de estos
planes, aportando su conocimiento del territorio y sus necesidades
específicas.
- Se
busca que las prioridades y decisiones sean consensuadas, respetando las
dinámicas sociales y culturales de las comunidades.
- Definición
de Estrategias Locales:
- Ayudan
a identificar soluciones habitacionales viables, como autoconstrucción,
mejoramiento de vivienda o construcción en sitio propio.
- Promueven
enfoques integrales que incluyan infraestructura, servicios públicos y
espacio público.
2. Promoción de la Autogestión y Ayuda Mutua:
- Autoconstrucción
y Autogestión:
- Muchas
asociaciones promueven procesos de construcción colectiva, donde las
familias participan activamente en las obras para reducir costos y
garantizar que las viviendas cumplan con las expectativas de los
habitantes.
- Facilitan
el acceso a capacitación técnica y recursos materiales.
- Solidaridad
Comunitaria:
- Promueven
la cooperación entre los miembros para solucionar necesidades comunes,
fortaleciendo el tejido social.
3. Ejecución de Intervenciones:
- Implementación
de Proyectos Habitacionales:
- Las
asociaciones pueden liderar proyectos de mejoramiento integral de
barrios, legalización urbanística o titulación, en coordinación con las
entidades territoriales y el Ministerio de Vivienda.
- Gestión
de Recursos:
- Actúan
como intermediarias para gestionar subsidios, fondos y recursos
provenientes del Gobierno Nacional, entidades territoriales y alianzas
público-privadas.
4. Fortalecimiento del Tejido Social:
- Promoción
de Pactos Comunitarios:
- Participan
en la construcción de acuerdos que fomenten la convivencia pacífica, la
apropiación de los espacios públicos y la sostenibilidad de las
intervenciones.
- Consolidación
de la Cultura de Paz:
- Colaboran
en procesos de memoria colectiva, reconciliación y reparación de
víctimas, integrando a los habitantes en la construcción de territorios
de paz.
Aportaciones Clave al Programa:
- Identificación
de Necesidades:
- Al
estar profundamente arraigadas en las comunidades, las asociaciones
tienen un conocimiento directo de las carencias y prioridades de los
habitantes.
- Facilitación
de Enfoques Diferenciales:
- Aseguran
que las intervenciones consideren las particularidades de género, etnia y
población vulnerable.
- Impulso
a la Inclusión Económica:
- Promueven
economías solidarias y proyectos productivos para mejorar los ingresos de
las familias y garantizar su sostenibilidad económica.
Relación con Entidades Gubernamentales:
- Convenios
y Alianzas:
- Las
asociaciones trabajan en conjunto con los municipios, departamentos y el
Ministerio de Vivienda mediante acuerdos que definen roles, aportes y
responsabilidades.
- Supervisión
y Transparencia:
- Su
participación incluye la vigilancia del cumplimiento de los objetivos del
programa, garantizando que las acciones beneficien realmente a las
comunidades.
En resumen, las asociaciones y organizaciones populares
de vivienda son actores esenciales en la implementación del Programa
Barrios de Paz. Su capacidad para movilizar recursos, involucrar a las
comunidades y promover la autogestión asegura que las intervenciones sean
sostenibles, inclusivas y alineadas con las necesidades reales de las
poblaciones beneficiadas.
Valor de los Subsidios.
El Decreto 1470 de 2024, que regula el Programa
Barrios de Paz, no especifica directamente el valor exacto de los subsidios
de vivienda, sino que establece lineamientos generales para su asignación y
financiación. A continuación, se describe lo relevante sobre los subsidios en
el contexto del programa:
Características de los Subsidios de Vivienda:
- Asignación
Flexible: Los subsidios pueden aplicarse a diversas modalidades, como:
- Mejoramiento
de vivienda.
- Construcción
en sitio propio.
- Acceso
a vivienda nueva en asentamientos formalizados.
- Criterios
de Asignación: Los subsidios están dirigidos a poblaciones en
situación de vulnerabilidad, como:
- Habitantes
de asentamientos informales legalizados o en proceso de legalización.
- Víctimas
del conflicto armado.
- Comunidades
afectadas por desastres naturales o riesgos no mitigables.
- Se
priorizan familias con menores ingresos y condiciones de precariedad
habitacional.
- Instrumentos
Financieros:
- Los
recursos provienen del Fondo Nacional de Vivienda (Fonvivienda),
que puede canalizarlos mediante patrimonios autónomos o convenios con
entidades territoriales.
- Las
fuentes de financiación incluyen el Presupuesto General de la Nación y
aportes complementarios de municipios, departamentos, el sector privado y
la comunidad.
Valor Referencial de los Subsidios:
Aunque el decreto no define un monto fijo, el valor de los
subsidios generalmente está determinado por normativas complementarias
relacionadas con programas de vivienda en Colombia, como el Subsidio
Familiar de Vivienda de Interés Social (SFVIS), que suele oscilar entre 20
y 30 salarios mínimos mensuales legales vigentes (SMMLV) dependiendo de la
modalidad y la región.
En el caso específico del Programa Barrios de Paz:
- Mejoramiento
de Vivienda: Es probable que los subsidios cubran costos relacionados
con obras menores para garantizar habitabilidad básica.
- Construcción
en Sitio Propio: Los subsidios pueden cubrir una proporción
significativa del costo total, especialmente si se enfoca en familias de
bajos ingresos.
Evaluación de Necesidad y Viabilidad:
- Los
valores y asignaciones finales de los subsidios están sujetos a la
evaluación de la necesidad y viabilidad de las solicitudes
presentadas por las entidades territoriales al Gobierno Nacional.
- Se
busca que los subsidios sean suficientes para cubrir las necesidades de
las familias sin generar endeudamiento excesivo.
Mecanismos de Control:
- Todas
las intervenciones deben ser viables y sostenibles, sujetas a evaluación
previa de las solicitudes de las entidades territoriales.
- La
administración de los recursos debe regirse por normas de derecho privado
en el caso de los patrimonios autónomos.
En resumen, la financiación del programa se basa en un
modelo de corresponsabilidad entre el Gobierno Nacional, las entidades
territoriales, el sector privado y la comunidad, garantizando recursos mediante
diversos instrumentos legales y financieros.
Funciones que se otorgan a los
departamentos.
Los gobernadores, juegan un rol complementario y de
articulación en el Programa Barrios de Paz, enfocándose en la
coordinación entre niveles territoriales y la optimización de recursos para las
intervenciones en asentamientos.
- Articulación
y Apoyo Técnico:
- Las
gobernaciones facilitan la coordinación entre los municipios, el Gobierno
Nacional y otras entidades territoriales para implementar el programa de
manera eficiente.
- Pueden
actuar como intermediarios para alinear las políticas locales con los
objetivos del programa, asegurando la coherencia en la planificación y
ejecución.
- Apoyo
Financiero:
- Aunque
no se establece una obligación directa, los departamentos pueden
contribuir con recursos económicos o en especie para complementar las
intervenciones en los municipios bajo su jurisdicción.
- También
pueden gestionar recursos adicionales mediante alianzas público-privadas,
público-populares y programas de cofinanciación.
- Fortalecimiento
de Capacidades Locales:
- Las
gobernaciones pueden apoyar a los municipios más pequeños o con menor
capacidad técnica para estructurar los Planes de Gestión del Hábitat,
proporcionando asistencia técnica y orientación.
- Esto
incluye apoyo en la elaboración de diagnósticos, estrategias de
financiación y procesos de legalización urbanística.
- Supervisión
y Monitoreo:
- Colaboran
con el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio para supervisar el
desarrollo de las intervenciones, asegurando el cumplimiento de los
objetivos del programa.
- Participan
en la evaluación del impacto de las acciones realizadas en los
territorios.
- Participación
en el Comité Barrios de Paz:
- Aunque
no están explícitamente mencionados como miembros obligatorios, las
gobernaciones pueden ser incluidas en los Comités Técnicos creados
por los alcaldes, contribuyendo con su experiencia y conocimiento
regional para priorizar acciones y optimizar recursos.
Enfoque en Equidad Territorial:
- Los
departamentos tienen un papel clave para garantizar que los municipios más
vulnerables o con menores capacidades institucionales puedan acceder al
programa y beneficiarse de las intervenciones.
- Promueven
la implementación de políticas públicas que cierren las brechas de
desigualdad entre áreas rurales y urbanas, conforme al Plan Nacional de
Desarrollo.
En resumen, los departamentos actúan como facilitadores y
coordinadores del programa, apoyando tanto a los municipios como al Gobierno
Nacional en la ejecución de las intervenciones, con énfasis en la equidad
territorial y la eficiencia en el uso de los recursos.
Órganos de Control
Involucrados:
El Decreto 1470 de 2024 establece la necesidad de
supervisión y monitoreo para garantizar la adecuada implementación del Programa
Barrios de Paz, involucrando tanto a los órganos de control como a otras
instancias responsables. A continuación, se detalla cómo actúan estos órganos y
mecanismos:
- Contraloría
General de la República:
- Vigila
el uso de los recursos públicos destinados al programa, verificando que
se apliquen de acuerdo con las normas y objetivos establecidos.
- Realiza
auditorías a los patrimonios autónomos constituidos para gestionar los
fondos del programa, asegurando la transparencia en la contratación y
ejecución de proyectos.
- Procuraduría
General de la Nación:
- Supervisa
que las autoridades municipales, departamentales y nacionales cumplan con
sus obligaciones legales y administrativas relacionadas con el programa.
- Inicia
investigaciones disciplinarias en caso de irregularidades o
incumplimientos por parte de funcionarios públicos.
- Defensoría
del Pueblo:
- Monitorea
el respeto a los derechos fundamentales de las comunidades beneficiadas,
asegurando que las intervenciones no vulneren derechos colectivos o
individuales.
- Actúa
como mediador en conflictos derivados de la implementación del programa.
- Entidades
Territoriales de Control:
- Las
veedurías ciudadanas y los organismos de control locales supervisan el
cumplimiento de los planes de gestión del hábitat y las intervenciones en
sus respectivas jurisdicciones.
- Las
personerías municipales realizan seguimiento a las quejas y reclamos de
las comunidades afectadas o beneficiadas.
Mecanismos de Verificación:
- Supervisión
del Plan de Gestión del Hábitat:
- Cada
Plan de Gestión del Hábitat debe incluir mecanismos de control
interno para garantizar que las intervenciones se realicen según lo
planificado.
- Los
órganos de control revisan los informes de avance y los indicadores de
cumplimiento establecidos en estos planes.
- Monitoreo
de los Recursos:
- Los
patrimonios autónomos que administran los recursos del programa están
sujetos a auditorías por parte de la Contraloría y deben presentar
informes periódicos sobre el uso de fondos.
- Se
verifica que los aportes de terceros (sector privado, comunidad) cumplan
con las condiciones establecidas en los convenios.
- Transparencia
y Rendición de Cuentas:
- El
Ministerio de Vivienda debe rendir cuentas periódicamente sobre la
implementación del programa, detallando avances, recursos ejecutados y
resultados.
- Se
promueve la participación de la ciudadanía a través de veedurías y mesas
de seguimiento.
- Control
Urbano:
- Los
municipios deben adoptar medidas para prevenir el crecimiento informal en
los asentamientos intervenidos, supervisadas por los organismos de
control locales.
Acciones en Caso de Incumplimientos:
- Sanciones:
En caso de mal manejo de recursos, irregularidades en la contratación o
incumplimiento de objetivos, los órganos de control pueden imponer
sanciones administrativas, disciplinarias o penales, según corresponda.
- Correcciones:
Si se detectan deficiencias en la planificación o ejecución, se pueden
exigir ajustes inmediatos en los planes o intervenciones.
Participación Ciudadana:
- Las
comunidades beneficiadas tienen derecho a exigir el cumplimiento de las
intervenciones y a denunciar irregularidades mediante veedurías ciudadanas
o a través de los canales establecidos por los órganos de control.
En síntesis, los órganos de control actúan mediante
auditorías, supervisión administrativa y monitoreo de los derechos ciudadanos
para garantizar la correcta implementación del programa y prevenir
irregularidades en el uso de recursos y la ejecución de las intervenciones.