MODELO DE GESTION ATENCION EMERGENCIA INVERNAL “TODOS PONEN”


MODELO DE GESTION ATENCION EMERGENCIA INVERNAL
“TODOS PONEN”

Propuesta preparada por Luis Alberto Vargas Ballén,  Gerente de eVivienda y presentada al Ministerio del Interior y de Justicia.


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FUENTE NORMATIVA: Se requiere expedir Decreto-ley para Atender la Emergencia e incluir los siguientes aspectos básicos que permitan Racionalizar los Recursos y hacer Oportuna y Efectiva la Reconstrucción.

DESDE:

  • CENSOS VERIFICADOS CON BASES DE DATOS DE SISBEN, EVITAR COLADOS.
  • LOTES: NORMAS FLEXIBILIZACION PARA INTERVENCION DE PREDIOS URBANOS O RURALES EN ZONAS SEGURAS – EXPROPIACION SIMPLIFICADA
  • NORMAS PARA DISMINUIR EN TIEMPO Y VALOR LOS TRÁMITES DE LEGALIZACION (LICENCIAS, PERMISOS, ESCRITURACIONES, ETC.)
  • INCREMENTO VALOR SFV
  • SERVICIOS PUBLICOS A CARGO DE EMPRESAS DE SERVICIOS PUBLICOS (ACUEDUCTO; ALCANTARILLADOS, ENERGIA, GAS NATURAL)
  • ESQUEMA OPERATIVO DE ALISTAMIENTO DE PREDIOS, CONEXIÓN DE SSPP Y LEGALIZACION – “CONSTRUCTORES SOLO CONSTRUYEN”, LEGALIZACION DELEGADA A Cajas de Compensación Familiar.
  • INTERVENTORIAS TECNICAS Y AMBIENTALES A CARGO DE UNIVERSIDADES (FACULTADES DE INGENIERIA Y ARQUITECTURA) Y/O BATALLONES DE INGENIEROS.
  • ESQUEMA FINANCIERO INMEDIATO A CONSTRUCTORES (FNA – Caja Promotora de Vivienda Militar)
AUTORIZACIONES PARA EL FNA:

    • CREAR LA ESTRUCTURA ORGANICA PARA ATENDER LA CALIFICACION DE CONSTRUCTORES Y PROYECTOS
    • AUTORIZACION PARA DESTINAR RECURSOS FINANCIEROS PARA FONDEAR LOS SUBSIDIOS A LOS CONSTRUCTORES
    • AUTORIZACION PARA FINANCIAR PROYECTOS CON NO AFILIADOS

DESARROLLO:

1.            CENSO
Solo se atienden como Damnificados sujetos de los Beneficios de la Atención en Zonas de Desastres, a quienes estén Inscritos en el SISBEN del respectivo Municipio.  Los CLOPAD y CREPAD dispondrán de Un mes para entregar el Censo de su respectiva Zona de Influencia.
2.            LOTES
Autorizar a los Gobernadores, Alcaldes Distritales y Municipales y Gerentes de Áreas Metropolitanas, para lo cual contarán con la asistencia técnica de las  Corporaciones Autónomas Regionales, el IGAC y las Lonjas de Propiedad Raíz;  para: Identificar, Evaluar, Seleccionar e Intervenir (Incluso para Expropiar de Manera Simplificada) los PREDIOS URBANOS O RURALES REQUERIDOS PARA REASENTAR LOS HOGARES DAMNIFICADOS EN ZONAS SEGURAS.  Tiempos de hasta un mes. La Fuente de Recursos de Pago de los Valores de Reconocimiento de los Predios será contra Títulos Municipales de Deuda Pública.
3.            TRAMITES DE LEGALIZACION
(DISPONIBILIDADES, LICENCIAS, PERMISOS, ESCRITURACIONES, ETC.): Las autoridades, instituciones y personas de derecho privado que ejerzan funciones públicas (Notarios y Curadores Urbanos), dispondrán de un máximo de Quince (15) días para Emitir los Permisos, Licencias, Disponibilidades y demás Documentos que sean necesarios y requeridos por los Constructores para Ejecutar la Construcción de las Obras.  El costo será asumido por cada entidad con cargo a su propio presupuesto y no podrá transferirse de ninguna manera al valor de las viviendas.
4.            INCREMENTO DEL VALOR DEL SUBSIDIO FAMILIAR DE VIVIENDA.
Para lograr una atención efectiva, teniendo en cuenta que  los hogares damnificados no disponen de recursos de aporte (cuota) inicial ni tienen la capacidad de pago para asumir una obligación crediticia, se propone incrementar el Monto de los Subsidios:
smmlv
Vr. Pesos 2010
Destinación
22
$11.330.000
ACTUAL
30
$15.450.000
ZONAS RURALES
40
$20.600.000
PEQUEÑOS MUNICIPIOS
50
$25.750.000
CIUDADES
5.            SERVICIOS PUBLICOS
Serán con cargo a los presupuestos de las EMPRESAS DE SERVICIOS PUBLICOS DOMICILIARIOS (ACUEDUCTO; ALCANTARILLADOS, ENERGIA, GAS NATURAL), el diseño, financiación, ejecución y conexión del respectivo servicio a cada futura urbanización y unidades de vivienda que la conformen.  Los costos podrán ser diferidos vía tarifa en un plazo no menor a 5 años.  
6.            “CONSTRUCTORES SOLO CONSTRUYEN”
Los oferentes de los proyectos de vivienda, tendrán como única responsabilidad el diseño y construcción de las obras de urbanismo (sin incluir los SSPP que están a cargo de la ESP) y los costos de edificación de las unidades de vivienda y de los equipamientos comunitarios que establezcan las normas urbanísticas en cada Municipio. La entrega de los predios será responsabilidad de los Entes Territoriales y la posterior legalización corresponderá a las Cajas de Compensación Familiar con cargo a los Recursos del FOVIS y en aquellas que no dispongan será con cargo a la CAVIS UT, en coordinación con la Entidad Territorial responsable del Censo de Damnificados.
Nota 1: Los constructores serán escogidos previa convocatoria pública nacional de oferentes de vivienda por Regiones de Interés.
Nota 2: La calificación de los Constructores y de los Proyectos corresponderá a las Entidades que los Financien. 
7.            INTERVENTORIAS TECNICAS Y AMBIENTALES
Estarán a cargo de las Facultades de Ingeniería y Arquitectura de las Universidades con sede en las respectivas Regiones y/o a los Batallones de Ingenieros en aquellas zonas apartadas que lo requieran.  Su costo será de hasta un 3% del valor de los costos directos de construcción con cargo al Presupuesto de cada Proyecto, la supervisión estará a cargo de FONADE sin costo alguno para los proyectos.
8.            ESQUEMA FINANCIERO INMEDIATO A CONSTRUCTORES
(FNA – Caja Promotora de Vivienda Militar).
Se requiere mediante decreto-ley la AUTORIZACIONES PARA QUE EL FNA y LA CPVM, pueda:
    1. Autorización para financiar directa o indirectamente (vía Crédito Constructor) proyectos orientados a población damnificada No afiliada y Afiliados actuales.
    2. Autorización para destinar recursos financieros propios (hasta $1,25 Billones) para fondear transitoriamente los subsidios familiares de vivienda de los beneficiarios orientados a los constructores mientras éstos se pueden legalizar. Subrogaciones.
    3. Autorizar la venta anticipada de un valor significativo en TES del FNA y la CPVM para orientar dichos recursos a financiar la construcción de las viviendas sujetas de este programa.
    4. Crear la Estructura Orgánica requerida para atender la Calificación de los Constructores y la Viabilización de los Proyectos a ser financiados.

CUENTAS:
250.000 Viviendas a intervenir por estar afectadas por la temporada invernal.
              50.000 NUEVAS
200.000 REPARACIONES

Costo de las Viviendas Nuevas (Solo Edificación)
50.000 x $25 millones de SFV = $1.25 Billones
Costo de las Viviendas a Reparar
            200.000 x $16 millones de SFV = $3.2 Billones

ESQUEMA OPERATIVO:
Constructor se presenta a la Convocatoria del FNA abierta para Municipios que demuestren tener Lotes aptos para intervenir, FNA evalúa  Capacidad Financiera, Técnica y Operativa y asigna un Cupo de Recursos en Número de Viviendas. 
Constructor con cupo asignado, presenta Proyecto para Evaluación de Factibilidad Técnica y Financiera, una vez aprobado el Proyecto abre Encargo Fiduciario recibe los Recursos de Crédito Constructor del FNA (Por el equivalente al valor de los SFV asignados al proyecto por el MAVDT) y comienza ejecución, recibiendo anticipo del 50%.  El 45% del saldo será pagado por Avances de Obra certificados por Fonade, al final cuando entregue las Viviendas y reciba el Certificado de Habitabilidad por parte de las Cajas de Compensación Familiar y haga entrega de la Póliza de Calidad y Estabilidad de las Viviendas se le gira el último 5%.
El constructor no será responsable por la Legalización de las Viviendas a los Beneficiarios, tarea que corresponderá al Ente Territorial y a las cajas de Compensación Familiar.