Propuesta de Estructura de Gerencia de Proyectos de Vivienda Prioritaria y Social para la Reconstrucción de Municipios afectados por la Ola Invernal.


Presentamos un esquema de gerencia de proyectos de vivienda para garantizar el éxito de los proyectos de vivienda para hogares afectados por la Ola Invernal.  Este esquema ha sido preparado para el Fondo Adaptación entidad del Gobierno Nacional encargada de esta reconstrucción.  Las ideas, esquemas de gestión, detalle de las actividades y propuestas son propiedad intelectual de quien escribe este blog.

FUNCIONES DE LAS PARTES
 Las partes son:
El Fondo Adaptación, y el Gerente Zonal designado por éste,
La Gerencia de Proyectos,
El Municipio,
El Fideicomitente Constructor,
El Interventor, que será contratado o designado por el Fondo Adaptación.
La Gerencia Social del Proyecto,
Todos, más el representante de la fiduciaria (que actúa con voz y sin voto) conformarán el Comité Fiduciario.

Descripción del Proyecto.
El proyecto de vivienda de interés prioritario que el Municipio de ABC espera que el FIDEICOMITENTE CONSTRUCTOR desarrolle, estará conformado por un total de Cantidad (XXX) unidades de vivienda, distribuidas en agrupaciones según lo considere el Oferente, en todo caso se deben construir y entregar Cantidad (YYY) de Apartamentos Tipo 1 de 50,00 m2 de área construida mínima; Cantidad de (ZZZ) Casas Tipo 1 unifamiliares de 48,00 m2 de área construida mínima, y Cantidad (WWW) Casas Tipo 2 esquineras unifamiliares de 65,00 m2 de área construida mínima; empleando los materiales y especificaciones técnicas establecidas en el pliego de condiciones.
La ejecución del proyecto incluye la construcción de las obras de urbanismo primarias y secundarias internas; la ejecución de las redes primarias y secundarias correspondientes a los servicios públicos domiciliarios de acueducto, alcantarillado pluvial y sanitario, energía, gas natural y telecomunicaciones, incluyendo la conexión a los mismos en todas y cada una de las viviendas; los equipamientos de uso comunitario y de uso privado de la copropiedad, construidos con las exigencias que establezca la norma y las licencias de urbanismo y construcción.
Las obras de urbanismo externas correspondientes a las Redes Matriz o Principales de los servicios públicos domiciliarios de ACUEDUCTO, ALCANTARILLADO PLUVIAL Y DE AGUAS RESIDUALES, ENERGIA, ALUMBRADO PÚBLICO, GAS NATURAL Y TELEFONIA BASICA LOCAL CONMUTADA, le corresponderán al Fideicomitente Constructor a través de las Empresas de Servicios Públicos correspondientes, desde la gestión de trámite de disponibilidades, aprobación de planos y ejecución de las mismas y entregar las disponibilidades de dichos servicios.  Así mismo le  corresponderá ejecutar la obra de construcción de la calzada completa de la Calle XX desde su inicio en la Cra YY, hasta el final del lote, esta vía se ejecutará con los parámetros establecidos por INVIAS para este tipo de vía y los andenes y cerramientos perimetrales del lote del proyecto.

Objeto y Finalidad del Patrimonio Autónomo:
1)     Recibir a título de Fiducia Mercantil el inmueble en el que se desarrollará el proyecto de Vivienda de Interés Prioritaria denominado XYZ, lote de terreno del MUNICIPIO de ABC, ubicado en la Calle XX # YY–ZZ, Cédula Catastral: 01010101010101 (mayor extensión), con Matrícula Inmobiliaria No. NN-MMMMMM, Sector de OOOO Barrio PPPPP, perímetro urbano de la ciudad de ABC.
2)     Vincular como Fideicomitente Constructor a la Persona Natural o Jurídica, o figura asociativa UT o consorcio seleccionada por el Gerente Zonal (Fondo Adaptación) para este Fin, mediante el presente proceso de licitación pública.
3)     Permitir al Fideicomitente Constructor la realización de las preventas del proyecto, para lo cual éste, suscribirá un contrato de Encargo Fiduciario con dicho objeto.
4)     Coadyuvar en el proceso de obtención de los permisos, disponibilidades de servicios públicos y licencias de urbanismo y construcción que se requieran para el desarrollo del proyecto.
5)     Recibir los recursos aportados por el Fondo Adaptación y/o los recursos monetarios que se vinculen al PROYECTO, provenientes del ahorro programado, cesantías y recursos propios aportados por los beneficiarios, además de los subsidios familiares de vivienda en cumplimiento de los compromisos establecidos en las promesas de compraventa suscritas por parte de los beneficiarios del proyecto con la Fiduciaria seleccionada como vocera del Patrimonio Autónomo.
6)     Recibir una vez se realicen las ventas los recursos entregados por los compradores (beneficiarios) del proyecto procedentes de sus cuotas iniciales (ahorros), créditos y las otras fuentes de financiación del Fideicomitente Constructor.
7)     Realizar los giros y/o desembolsos relacionados directamente y en forma exclusiva con la construcción total del proyecto, incluyendo los estudios y diseños, honorarios de gerencia, promoción y ventas; a solicitud del Fideicomitente Constructor previa autorización del acta de avance de obra dada por el Interventor del proyecto.
8)     Las promesas de compraventa con cada uno de los beneficiarios vinculados al Proyecto de Vivienda de Interés Prioritario serán suscritas por el Fideicomitente Constructor, previa autorización impartida por el Comité Fiduciario.
9)     Escriturar las unidades de vivienda a los beneficiarios del proyecto y las unidades inmobiliarias resultantes afectas al proyecto como locales comerciales y demás que surjan del mismo.  Las escrituras serán suscritas al Fideicomitente Constructor en su Calidad de Constructor, por la Sociedad Fiduciaria en su calidad de vocera y representante del Patrimonio Autónomo, y por el Municipio de ABC en su calidad de Fideicomitente Aportante.
10)   Exigir al constructor las pólizas de cumplimiento, anticipo, de todo riesgo contratista y de calidad y estabilidad de las obras requeridas para garantizar el proyecto.
11)   Acompañar al Fideicomitente Constructor el trámite de devolución del IVA por la Adquisición de Materiales de Construcción para Vivienda de Interés Prioritaria. 
12)   Presentar al Gerente del Proyecto, al Fideicomitente Constructor y al Municipio de ABC  - Departamento DEF  el Manual Operativo que regirá el Desarrollo del Fideicomiso.

OBLIGACIONES DE LA FIDUCIARIA:
Obligaciones de carácter general.
·          Cumplir el objeto del contrato de fiducia mercantil, ejecutándolo de acuerdo con lo establecido en el pliego de condiciones y dentro del plazo establecido.
·          Acreditar, en las oportunidades que así se requiera, de conformidad con lo establecido en las normas, que se encuentra al día en el pago de aportes parafiscales relativos al Sistema de Seguridad Social Integral.
·          Atender el pago de los tributos que se causen o llegaren a causarse por la celebración, ejecución y liquidación del contrato.
·         No obstante lo anterior la Sociedad Fiduciaria debe tener en cuenta que el Honorable Concejo Municipal de ABC expidió el Acuerdo Nº 000 (mes día de año) “POR MEDIO DEL CUAL SE CREA EL SUBSIDIO FAMILIAR DE VIVIENDA DE INTERES SOCIAL MUNICIPAL, EL COMITÉ MUNICIPAL DE VIVIENDA, SE OTORGAN FACULTADES AL ALCALDE DEL MUNICIPIO DE ABC, DEPARTAMENTO DEF , Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES.
·          Cumplir a cabalidad con las obligaciones propias e inherentes al contrato en las condiciones, modos y plazos determinados.
·          Acatar las instrucciones, que durante el desarrollo del contrato, se impartan por parte del Gerente del Proyecto y el Fideicomitente Constructor y las decisiones adoptadas por el Comité Fiduciario, las cuales deben ser acordes y estar enmarcadas en lo establecido a la firma del contrato de fiducia mercantil.
·          Contar con una plataforma tecnológica (Hardware, Software, comunicaciones) con un grado de automatización que le permita asegurar la disponibilidad de la información sobre el desarrollo del objeto del contrato objeto de la presente licitación pública.
·          Contar con oficina u oficinas debidamente equipadas (sistemas de comunicaciones, logística, personal y demás requeridas) para atención del cliente y gestión del contrato, entre otros).  Esta oficina puede corresponder a la Oficina Principal de la Sociedad Fiduciaria en la Ciudad de ABC o (LAS MAS CERCANA).
·          La Fiduciaria podrá reservarse el derecho o la potestad legal de oponerse al ingreso de Fideicomitentes, Inversionistas, cesionarios de beneficios, acreedores, o cualquier otra denominación similar, cuando por razones del estudio, verificación y análisis a que está obligada en cumplimiento de la Circular Externa 046 de 2008 de la Superintendencia Financiera, se demostrase que no es viable legalmente aceptar dichas vinculaciones y que la procedencia y origen lícito de los recursos que hagan parte del fideicomiso no cumplen con los parámetros de la citada circular.   De lo anterior deberá notificar al Gerente del Proyecto y al Municipio de ABC con la suficiente oportunidad para que éste pueda tomar las medidas necesarias.
·          La Fiduciaria podrá reservarse el derecho o la potestad legal de aceptar la transferencia del inmueble[1], de acuerdo con lo establecido en la Circular Externa 046 de 2008 de la Superintendencia Financiera, numeral 5.2.  “la sociedad fiduciaria al momento de decidir si compromete o no su responsabilidad, así como el alcance del negocio fiduciario a celebrar, debe aplicar sus procedimientos de control interno para determinar si está en capacidad de evaluar, valorar y verificar aspectos tales como:
*             Que los terrenos en los cuales se va desarrollar el proyecto se hayan adquirido o hayan sido aportados de manera definitiva y con el lleno de las formalidades que la ley exige para este tipo de negociaciones.
*             Que la tradición del inmueble no presente problemas de carácter legal que puedan obstaculizar o impedir el traspaso de la propiedad de las unidades inmobiliarias resultantes a los futuros adquirentes.
*             Que los terrenos en los cuales se va desarrollar el proyecto no se encuentran en zonas de alto riesgo o riesgo medio no mitigable.

Obligaciones Especiales de la Fiduciaria:
1)     Cumplir con las condiciones técnicas, jurídicas, económicas, financieras, comerciales y especificaciones técnicas exigidas en los términos de referencia y consignadas en la propuesta.
2)     Recibir a título de Fiducia Mercantil el inmueble en el que se desarrollará el proyecto.
3)     Vincular Como Fideicomitente Constructor a la persona Natural o Jurídica previamente seleccionada por el Gerente Zonal (Fondo Adaptación) para tal fin y una vez que este haya aportado los documentos y aprobadas las evaluaciones realizadas por la Fiduciaria en cumplimiento de las normas y políticas relacionadas con el SARAFT.
4)     Recibir del Fondo Adaptación los recursos propios y/o provenientes de créditos con destino al proceso de construcción de las unidades inmobiliarias.
5)     Administrar los recursos dinerarios que reciba:
a)     El Fondo Adaptación (Gerencia Zonal),
b)     De los COMPRADORES (BENEFICIARIOS) DEL PROYECTO por los aportes que hagan con recursos propios desde el momento de las separaciones de las unidades inmobiliarias, que corresponden básicamente al valor de las separaciones y las preventas que pueden realizar con recursos propios y ahorro programado en cualquiera de sus modalidades, una vez suscritas las condiciones del Encargo Fiduciario de Preventas.
c)      De los créditos que contrate el FIDEICOMISO con el FINANCIADOR o los FINANCIADORES
d)     De los desembolsos de los créditos individuales que a los COMPRADORES (BENEFICIARIOS) DEL PROYECTO les otorgue el FINANCIADOR DE LARGO PLAZO.
e)     De los que a título de aportes hagan LOS FIDEICOMITENTES.
6)     Entregar a título de comodato precario al Fideicomitente Constructor los bienes inmuebles fideicomitidos para el desarrollo del Proyecto.
7)     Recibir de los adquirentes de las unidades inmobiliarias del proyecto los recursos monetarios provenientes del ahorro programado, cesantías, recursos propios, subsidios de Vivienda de Interés Prioritaria otorgados por las Cajas de Compensación y/o el Fondo Nacional de Vivienda - Fonvivienda y créditos en cumplimiento de los compromisos establecidos en las promesas de compraventa suscritas con la Fiduciaria seleccionada como vocera del Patrimonio Autónomo.
8)     Recibir los recursos entregados por inversionistas y/o créditos y/u otras fuentes de financiación del Fideicomitente Constructor.
9)     Dentro de los quince (15) días calendario siguientes a la firma del contrato, previa concertación acerca de los lineamientos generales, presentar, para la aprobación por parte de la Secretaría de Planeación del Municipio de ABC  - Departamento de DEF, el manual operativo en medio físico y magnético.
10)   Citar el primer Comité Fiduciario y presentar a este el reglamento operativo del Fideicomiso para su aprobación.
11)   Mantener los recursos transferidos objeto del contrato en inversiones a la vista y disponer de una cuenta de recaudo para el proyecto, de manera que exista la liquidez suficiente para atender los pagos de las obligaciones derivadas del contrato de Fiducia Mercantil que surja de este proceso.  No obstante queda claro que es obligación del Fideicomitente Constructor garantizar que el flujo de caja del proyecto sea apropiado, suficiente y garantice las obligaciones y compromisos que demande la construcción y ejecución del proyecto.
12)   Disponer de la capacidad operativa y técnica requeridas para la administración y ejecución del contrato que se pretende realizar, de acuerdo con las obligaciones pactadas. 
13)   Designar un delegado que haga parte del Comité Fiduciario.
14)   Hacer parte del Comité Fiduciario, con voz pero sin voto, y ejercer la Secretaría del mismo.
15)   Salvaguardar los activos fideicomitidos para su administración, en orden a asegurar su protección contra actos de terceros.   Se entiende que la fiduciaria deberá encargarse de todos los trámites necesarios para salvaguardar los activos del fideicomiso, no obstante al hacer entrega del lote a título de comodato precario al Fideicomitente Constructor para el desarrollo del proyecto, el fideicomitente se obliga a informar oportunamente a la Fiduciaria cualquier acto de terceros, acción judicial o trámite administrativo de que tenga conocimiento que puedan afectar los derechos y activos del fideicomiso.   De igual forma el Fideicomitente Constructor deberá impedir cualquier tipo de usurpación y perturbación que se ocasiones por su culpa o de tercetos a los bienes que conforman en el Patrimonio Autónomo, siendo de su cargo la indemnización de los perjuicios a que haya lugar frente al fideicomiso o a terceros afectados.  La Fiduciaria no tendrá responsabilidad alguna por la gestión de los fideicomitentes en razón de la tenencia y uso que ejerzan sobre los bienes fideicomitidos.
16)   Realizar los pagos de acuerdo con lo establecido el manual operativo, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la recepción de la documentación requerida para tal efecto.
17)   Atender el servicio de la deuda adquirida por el FIDEICOMISO con el FINANCIADOR o los FINANCIADORES, con los recursos del presente PATRIMONIO AUTÓNOMO, si los hubiere, en las condiciones que se acordaren con el respectivo FINANCIADOR o FINANCIADORES.   Bajo el entendió que el obligado a responder en primera instancia es el Fideicomitente Constructor, dado que es el obligado a desarrollar el Proyecto y en segunda instancia la Fiduciaria en la medida que debe llevar un adecuado y estricto control del servicio de la deuda.
18)   Exigir los documentos soportes para realizar los pagos de conformidad con el manual operativo.
19)   Liquidar, declarar y pagar de acuerdo con las normas legales vigentes, los impuestos y demás deducciones a que haya lugar, derivados de los pagos de beneficios y utilidades al Fideicomitente Constructor por el desarrollo del proyecto.  En todo caso el Fideicomitente Constructor será el responsable de liquidar, declarar y pagar de acuerdo con las normas legales vigentes, los impuestos y demás deducciones a que haya lugar ante la Administración de Impuestos y Aduanas Nacionales – DIAN - y demás organismos competentes, por concepto de todos los costos directos o indirectos que se originen o se efectúen en desarrollo del proyecto, incluidos los costos de comercialización y de construcción, en ellos, a título de ejemplo, los pagos de las compras de materiales de construcción, servicios profesionales relacionados con la preparación y ejecución del proyecto, peritos, publicidad, promoción, seguros, etc., si a ello hubiere lugar, debiendo la Fiduciaria desembolsar sólo valores netos.
20)   La fiduciaria llevará la contabilidad del fideicomiso en forma separada e independiente de la propia entidad fiduciaria y de la contabilidad de otros negocios que administre y el Fideicomitente Constructor llevará la contabilidad de costos del proyecto y la reportará a la Fiduciaria en forma mensual.
21)   Participar en las reuniones que determine el Gerente del Proyecto y dejar constancia de lo ocurrido en las respectivas actas.  Igualmente, deberá presentar los informes que le sean requeridos para cada una de ellas.
22)   Permitir y facilitar la práctica de auditorías que en cualquier momento se soliciten por parte de la Entidad Contratante o por cualquier entidad de inspección vigilancia y control del Estado.
23)   Escriturar las unidades resultantes del proyecto constructivo a los compradores.  Para el efecto, el costo que le corresponde al promitente vendedor por la escrituración de las unidades se realizará con cargo a los recursos del Patrimonio Autónomo; si ello no fuere posible, los asumirá el Fideicomitente Constructor.
24)   Cumplir las demás obligaciones que se establezcan en estos términos de referencia, en el respectivo contrato y en el manual operativo.
25)   Rendir los informes con la periodicidad y en los términos que se establezcan en el manual operativo.
26)   Constituir las pólizas de acuerdo con las exigencias de estos términos de referencia.
27)   Elaborar el manual operativo de acuerdo con los parámetros que le señale el comité fiduciario.  Este manual contendrá, como mínimo, el procedimiento para la realización de pagos, las reglas de la contratación y del manejo de los recursos.
28)   Acompañar al Fideicomitente Constructor en proceso de devolución del IVA Social.
29)   Las demás que le correspondan de acuerdo con la naturaleza del contrato

OBLIGACIONES DEL MUNICIPIO.
Son obligaciones las siguientes:
1)    Transferir a Título de Fiducia Mercantil los inmuebles en los que se realizará el Proyecto.
2)    Garantizar que las disposiciones que establece el Acuerdo 000 de AÑO del Honorable Concejo Municipal de ABC, se cumplan en beneficio del proyecto y del Fideicomitente Constructor, especialmente lo referido a impuestos, tasas, contribuciones y trámites ante las entidades o despachos municipales.
3)    Participar con voz y con voto en el comité Fiduciario del Fideicomiso.
4)    Garantizar el acceso al predio donde se desarrollará el proyecto de vivienda, gestionando las servidumbres, pasos y accesos que sean requeridos por el Fideicomitente Constructor para desarrollar el proyecto.
5)    El Municipio de ABC ejecutará con cargo a su presupuesto, las obras de urbanismo externas correspondientes a las Redes Matriz o Principales de los servicios públicos domiciliarios de ACUEDUCTO, ALCANTARILLADO DE AGUAS LLUVIAS Y ALCANTARILLADO SANITARIO, ALUMBRADO PÚBLICO, corresponderá al Municipio de ABC a través de su Empresa de Acueducto, Alcantarillado y Aseo, ejecutarlas y entregar las disponibilidades de dichos servicios.

OBLIGACIONES DEL GERENTE DEL PROYECTO.
1)    Participar con voz y con voto en el comité Fiduciario del Fideicomiso.
2)    Coordinar la realización de todos los procesos de contratación del Fideicomitente Constructor, el Interventor y el Gerente Social.
3)    Coordinar el proceso de selección de la mejor alternativa de ubicación del predio donde se desarrollarán los proyectos de vivienda.
4)    Designar el Supervisor o Interventor del contrato para los aspectos técnicos, derivados de las actividades y operaciones contempladas en las obligaciones del contratista.
5)    Realizar las observaciones pertinentes al desempeño y cumplimiento de las obligaciones del Fideicomitente Constructor con ocasión del desarrollo del contrato.
6)    Formular las sugerencias por escrito sobre los asuntos que estime convenientes en el desarrollo del contrato.
7)    Entregar los listados y los documentos de los beneficiarios del proyecto debidamente soportado y documentado al Fideicomitente Constructor, adicionando la Resolución Administrativa de otorgamiento del Subsidio de Vivienda.  Notificar el nombre y apellidos y datos de contacto de los Hogares Beneficiarios del Proyecto de Vivienda ABC.
8)    Ejercer la supervisión general del contrato.

DETALLE DE LAS FUNCIONES DE LA GERENCIA DE PROYECTOS.
DISEÑAR LA ESTRUCTURA OPERATIVA y DE CONTRATACION PARA LA EJECUCIÓN DE LOS PROYECTOS: Una vez definido el mejor esquema operativo para desarrollar cada uno de los proyectos que contempla la contratación de todas las actividades y componentes de los proyectos mediante Licitaciones Públicas para seleccionar al Fideicomitente Constructor, al Interventor y contratar la Sociedad Fiduciaria, se debe asesorar y acompañar al Municipio ABC en la celebración de los negocios que permitan desarrollar el proyecto, como lo son los Convenios con las Cajas de Compensación Familiar, el Fondo Nacional de Ahorro, entre otros.
CONTRATO DE FIDUCIA
Este es el primer contrato que debe celebrarse ya que de él se desprenden todos los demás y le evitan al Fondo Adaptación (Gerencia Zonal) y al Municipio de            ABC un mayor desgaste administrativo.  La Gerencia del Proyecto realiza la Elaboración de los Estudios Previos, TdR, Pliegos y Anexos, así como el modelo de contrato para la Selección de la Sociedad Fiduciaria que tendrá a su cargo la Administración del Patrimonio Autónomo. Contratación Directa por Ley 388 de 1997.

ASESORIA PARA LA CONTRATACION DE LA EJECUCIÓN DEL PROYECTO / CONTRATOS DERIVADOS
COMPRA Y/O SELECCIÓN DEL LOTE, Elaboración de los Estudios Previos, TdR, Convocatoria pública de presentación de ofertas y/o realización del estudio de la mejor alternativa de ubicación del predio.
FIDEICOMITENTE CONSTRUCTOR,  Elaboración de los Estudios Previos, TdR, Pre pliegos, Pliegos y Anexos, así como el modelo de contrato para la Selección del Fideicomitente Constructor que tendrá a su cargo las diferentes actividades que conforman las obras requeridas para construir el Proyecto de Vivienda, el alcance de este contrato termina con la entrega de las obras.
Estas actividades incluyen el diseño, confección y la entrega de los siguientes documentos necesarios para los procesos licitatorios:
1.   Estudios previos
2.   Avisos de convocatoria
3.   Proyectos de pliego de condiciones
4.   Anexos a los pliegos de condiciones
a.    Acuerdo municipal
b.    Planos
c.     Escritura pública y certificado de tradición del predio
d.    Avaluó comercial
e.    Levantamiento topográfico
f.     Estudio suelos
g.    Estudios y diseños adelantados por el Municipio
h.    Presupuestos estimados
i.      Anexos financieros y de calificación
j.     Norma urbanística
5.   Respuesta a las observaciones presentadas
6.   Resolución de apertura
7.   Pliegos definitivos
8.   Anexos pliegos de condiciones
9.   Respuesta a las observaciones presentadas
10.               Adendas
11.               Respuesta a la observaciones presentadas
12.               Acta de visita habilitante
13.               Informe de evaluación habilitante y de criterios de calificación
14.               Resolución de adjudicación
15.               Contratos
Contratación mediante Licitación Pública por Ley 1150 de 2007.
Gráfico 2. Ciclo de Vida del Proyecto de Vivienda.
Nota: Para garantizar que el proyecto estructurado llegue a su fin de manera exitosa, el Gerente de Proyectos acompañará a la Gerencia Zonal y al Municipio de ABC en todos los procesos del ciclo de vida del proyecto; para lo cual debe ser delegado al Comité Fiduciario del Patrimonio Autónomo.

DE INTERVENTORIA Y SUPERVISION, Diseño de los TdR y alcance del contrato de interventoría y supervisión técnica, ambiental y administrativa del contrato relacionado con las obras que conforman el Proyecto de Vivienda a las condiciones del Contrato de Fiducia Mercantil que será el contrato matriz a través del cual se ejecutará el proyecto.

FUNCIONES ADICIONALES EN CUANTO A GESTIÓN SOCIAL
Para el desarrollo de esta propuesta se plantea la ASESORIA y COORDINACION de la Gerencia de Proyectos, en las siguientes actividades:
1)    ASESORIA PARA LA COORDINACION DE LA ATENCIÓN Y ORIENTACIÓN DE LAS POSTULACIONES:
Se propone coordinar todo el proceso de atención de los hogares, atención y organización de las convocatorias, orientación y definición del manejo socio-económico de los hogares que se postulen al proyecto y sus beneficiarios, para lograr que LOS hogares CENSADOS en el del Municipio de ABC accedan al proyecto en condiciones adecuadas a su estatus socioeconómico.
La estrategia de atención a la comunidad se enmarca dentro del siguiente Ciclo de Vida del Proyecto desde el punto de vista de la Participación de los Hogares en el proceso de postulación al subsidio familiar de vivienda, la consecución de los recursos complementarios hasta la legalización y recibo de las viviendas.
Este proceso inicia con la atención directa a los hogares preinscritos y censados, luego viene la validación de la información suministrada por los hogares; la verificación en las bases de datos del DANE, Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, el SISBEN, CIFIN (estos cruces están sujetos y se realizan en coordinación con las entidades financieras); la recepción de los documentos soportes para la postulación; la entrega de la información sobre su estado de cumplimiento de requisitos a los hogares y la asesoría para que puedan postularse; además del acompañamiento y coordinación en las postulaciones ante las Cajas de Compensación Familiar; el trámite de las certificaciones de los ahorros y en el acompañamiento para el trámite de los créditos hipotecarios y finaliza con la orientación para la entrega a la Caja de Compensación Familiar para sus trámites de aprobación y vinculación al proyecto mediante firma de encargos fiduciarios de preventas y promesas de compra venta, las carpetas y un listado de hogares que cumplen los requisitos legales nacionales y municipales y que cuentan con los recursos para acceder a la vivienda se entregan al Fideicomitente Constructor para que se continúen los trámites.
Gráfico 1. Ciclo de Vida de la Participación de los Hogares en el Proyecto.
El Gerente del Proyecto acompañará a la Fondo Adaptación (Gerencia Zonal), al Comité Municipal de Vivienda en todas sus fases de operación.
Para esta actividad se requiere disponer de un Auditorio permanente para dictar las charlas de capacitación a los hogares.

CONVOCATORIA Y ATENCIÓN MASIVA DE LOS HOGARES
Proponemos diseñar y asesorar el proceso de coordinación para la atención masiva de los hogares, convocatorias públicas, orientación y definición del manejo socio-económico de las familias que se postulen al proyecto y sus beneficiarios, para lograr que los hogares residentes en el municipio accedan al proyecto en condiciones acordes con su estatus socioeconómico.
Proponemos diseñar los instrumentos para la convocatoria,  asesoramiento y motivación para el ahorro programado, basados en la asesoría a través de las actuales organizaciones sociales como juntas de acción comunal, madres cabeza de familia, hogares con miembros adultos o discapacitados, de tal forma que el proceso de atención a la comunidad derive en el cumplimiento de los requisitos legales de acceso a este tipo de proyectos.
Proceso Mediático:
a)        Definir la estrategia publicitaria: entrega masiva y personalizada de volantes, publicación en medios de comunicación, diseño y entrega de formularios de inscripción personalmente en las oficinas del proyecto.
b)        Reunión masiva de presentación y lanzamiento del proyecto de vivienda.
El trabajo del Gerente de Proyectos es garantizado y se basa en el acompañamiento total al Municipio de ABC en todas las fases de operación del proyecto desde el principio al fin con la entrega a los hogares de sus viviendas.
Proponemos que la atención de los hogares debe ser abierta y transparente, de tal forma que acudan la mayor cantidad de hogares, que luego de los cruces que deben realizarse en las bases de datos y la alta mortandad en estos procesos, permiten que queden un buen número de hogares con los cuales se puedan realizar las gestiones que les permitan vincularse efectivamente al proyecto de vivienda, se alcance el punto de equilibrio y se pueda ejecutar prontamente su desarrollo.
Nota:
El MUNICIPIO DE ABC debe disponer de una oficina de atención a los hogares, las asesoras de atención al público y toda la logística y recursos físicos, humanos y financieros para desarrollar el proyecto, como muebles, equipos de computo y elementos de oficina requeridos para la atención de los hogares y la realización de todos los procesos, incluyendo la papelería, impresiones, notificaciones, mensajería, personal de atención al público y en general todos los requerimientos administrativos y logísticos que sean requeridos.

2)  ACOMPAÑAMIENTO Y ASISTENCIA A REUNIONES: Implica el acompañamiento en todos los pasos, labor de seguimiento, supervisión durante todas las fases del proyecto: pre y contractual, inicio, ejecución y entrega de las obras, asistencia a comités fiduciarios y otros.
La propuesta de asesoría que propone eVivienda, ha sido desarrollada luego de ser probada en varios municipios del país, aceptada por varias Sociedades Fiduciarias y especialmente atiende los requerimientos normativos establecidos para los proyectos de vivienda de interés social por parte del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio.

OBLIGACIONES DEL FIDEICOMITENTE CONSTRUCTOR.
EL FIDEICOMITENTE CONSTRUCTOR, tiene, la obligación de ejecutar directamente con plena autonomía técnica y directiva y por su propia cuenta y riesgo, todo el desarrollo técnico y constructivo del PROYECTO de VIVIENDA DE INTERÉS PRIORITARIO, siempre que se encuentre efectivamente vendido, entregando los inmuebles con el adelantamiento de todos los trámites pertinentes en cuanto a permisos y licencias, la debida conexión de servicios públicos ante las empresas respectivas; así mismo debe adelantar la gestión de gerencia, promoción, comercialización y venta de las unidades inmobiliarias construidas en desarrollo del PROYECTO.
Las actividades por ejecutar a cargo del FIDEICOMITENTE CONSTRUCTOR consisten en:
·          Aportar los documentos requeridos por la Fiduciaria y suscribir los documentos necesarios para perfeccionar su vinculación al Fideicomiso de Administración Inmobiliaria que se derive de este proceso.
·          Suscribir en calidad de FIDEICOMITENTE el contrato de ENCARGO FIDUCIARIO de administración para el manejo de las PREVENTAS del PROYECTO.  Se deberán suscribir contratos de encargo fiduciario para la administración de los recursos provenientes de las preventas, respecto de cada agrupación, con el constructor seleccionado mediante licitación pública.   Se incluirá como punto de equilibrio para cada una de las agrupaciones un valor equivalente al ochenta por ciento (80%) de las unidades inmobiliarias que conforman cada agrupación representado en el número de cartas de instrucciones suscritas por las personas interesadas en separar las unidades inmobiliarias en el proyecto que realicen la correspondiente vinculación y hayan sido aprobadas por el Municipio de ABC mediante la expedición de la resolución o el acto administrativo de asignación del subsidio municipal de vivienda de que tratan los literales b) y c) del Artículo 13 de la Resolución 610 del 25 de enero de 2004, modificado por el artículo 1° de la Resolución 136 del 1° de febrero de 2005, ambas del Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, que dispone:
“b) Los subsidios municipales y departamentales en dinero deberán respaldarse con la presentación de la respectiva partida presupuestal y el compromiso de asignación del subsidio a cada beneficiario que resulte favorecido con la asignación del subsidio Familiar de Vivienda, indicando el monto a otorgar a cada uno, mediante Acto Administrativo del correspondiente Alcalde o Gobernador.  c) Los subsidios municipales en especie deberán también ser asignados a cada hogar beneficiario mediante Acto Administrativo del Alcalde, Gobernador o de la autoridad municipal o departamental respectiva, indicando el monto del subsidio a otorgar a cada hogar.”
·          Proporcionar con cargo a sus propios recursos económicos (recursos propios y/o créditos) los dineros requeridos para financiar la ejecución de las obras de construcción del proyecto de vivienda, y aportarlos de la forma establecida en el pliego de condiciones.
·          Adelantar la gestión de gerencia, promoción, comercialización y venta de las unidades inmobiliarias construidas.
·          Llevar a cabo la planeación, dirección y coordinación de todos los actos necesarios para la ejecución de las obras de urbanismo conforme con los lineamientos adoptados por el Comité Fiduciario, siendo claro que su ejecución será desarrollada directamente por el FIDEICOMITENTE CONSTRUCTOR o contratada con terceros.
  • Realizar los diseños, obtener los permisos y licencias, y realizar la construcción de la totalidad de las obras de urbanismo internas, como son las obras de adecuación del terreno, las redes principales y secundarias de servicios públicos domiciliarios de ACUEDUCTO, ALCANTARILLADO DE AGUAS LLUVIAS Y ALCANTARILLADO SANITARIO, ALUMBRADO PÚBLICO, ENERGIA, GAS NATURAL Y TELEFONIA BASICA LOCAL CONMUTADA y/o TELECOMUNICACIONES, el acceso desde la vía pública, incluyendo la calzada de la Calle XX Carrera YY, las vías peatonales internas, los andenes, sardineles, parqueaderos y el cerramiento de las agrupaciones.
·          Realizar los diseños, obtener los permisos y licencias, y realizar la construcción de las CANTIDAD DE VIVIENDAS (XXX) unidades de vivienda de interés prioritario unifamiliares y/o multifamiliares en agrupaciones, incluyendo las redes domiciliarias para conexión a los servicios públicos y los medidores y contadores requeridos, hasta la entrega llave en mano a los hogares compradores (Beneficiarios)[2].   Incluyendo las escrituras públicas debidamente registradas a favor de cada uno de los hogares en la oficina de registro de instrumentos públicos.
·          Realizar los diseños, obtener los permisos y licencias, y construir las obras complementarias para uso de cada copropiedad, correspondientes al Salón comunal, el local para el mini mercado de uso exclusivo de los conjuntos, las oficinas de administración, cuarto de basuras, tanque de agua potable, cuartos para plantas de energía y de central telefónica y de citofonía, área de portería y recepción y zonas recreativas, deportivas (placas de polideportivo), parques y juegos infantiles, senderos peatonales y bicicleteros.
·          Todas las obras se ejecutarán con base en los diseños propios que proponga el FIDEICOMITENTE CONSTRUCTOR, previa aprobación del Comité Fiduciario, cuya constitución y conformación será reglamentada en el contrato de fiducia mercantil que se suscribirá en virtud de la adjudicación de la licitación pública.
·          En todo caso los diseños propuestos serán aprobados en última instancia por la Oficina Asesora de Planeación Municipal de ABC durante el proceso de obtención de las Licencias de Urbanismo y Construcción que debe tramitar el FIDEICOMITENTE CONSTRUCTOR de acuerdo con la norma urbanística establecida para el predio mediante la Norma XX de mes de AÑO o las normas que la adicionen o modifiquen.
·          En cuanto a la viabilidad jurídica, técnica y financiera, el FIDEICOMITENTE CONSTRUCTOR debe tramitar el Certificado de Elegibilidad que se tramitará ante FINDETER o la Entidad Financiera seleccionada, conforme lo establece el Decreto Nacional 2190 de 2009.
·          El contrato será desarrollado con los recursos técnicos y operativos señalados en este documento y los establecidos en la propuesta.
·          Actuar como constructor de este PROYECTO, bajo las reglas que se indican a continuación:
1)        Se entiende que el FIDEICOMITENTE CONSTRUCTOR seleccionado mediante el proceso licitatorio, tiene la obligación de ejecutar con plena autonomía técnica y directiva y con cargo a sus propios recursos en forma integral el proyecto de vivienda, desarrollando todos los aspectos inherentes al mismo, tales como estudios, diseños, la ingeniería básica y de detalle, compras, construcción, contratación de mano de obra y puesta en marcha hasta entregar a plena satisfacción de los hogares beneficiarios las unidades de vivienda y/o locales comerciales; al Municipio de ABC las Obras de Urbanismo con sus correspondientes áreas de cesión; y a la copropiedad las áreas comunes y equipamientos comunitarios.
2)        El FIDEICOMITENTE CONSTRUCTOR ejercerá la Administración Provisional del PROYECTO en los términos de la Ley 675 de 2001.  
3)        El FIDEICOMITENTE CONSTRUCTOR se obliga a recibir a título de comodato precario los bienes inmuebles fideicomitidos, para el desarrollo del PROYECTO.
4)        El FIDEICOMITENTE CONSTRUCTOR constituirá con una compañía de seguros válidamente constituida en Colombia, autorizada por la Superintendencia Financiera y a favor del PATRIMONIO AUTÓNOMO, una póliza de seguros bajo las condiciones establecidas en el presente pliego de condiciones.
5)        En el caso en el que no se logre el punto de equilibrio se faculta al FIDEICOMITENTE CONSTRUCTOR para continuar con el proceso de comercialización por un tiempo de cuatro (4) meses.   Si concluido el plazo anterior no se obtiene el punto de equilibrio, la fiduciaria como vocera del patrimonio autónomo restituirá la porción de lote de terreno no desarrollado al fideicomitente aportante, es decir al Municipio.  
6)        Construir las unidades inmobiliarias, zonas comunes y equipamientos comunitarios dentro del plazo necesario para cumplir con las obligaciones de entrega adquiridas con los Beneficiarios (Compradores) y de acuerdo con las especificaciones técnicas previamente acordadas con estos y aprobadas en las respectivas licencias por la Oficina de Planeación Municipal.   El proyecto se desarrollará por agrupaciones, cada una de las cuales será independiente de la otra.   Las áreas construidas tanto a nivel de la urbanización como en las unidades privadas, la disposición arquitectónica de los espacios comunales, equipamientos comunales, sistema constructivo empleado, especificaciones técnicas y cantidades de obra y en general todos los aspectos relacionados con el nivel de detalle de la obra serán presentados por el FIDEICOMITENTE CONSTRUCTOR a consideración y aprobación de la Oficina de Planeación Municipal debidamente soportados con los precios y alcances, dando cumplimiento al POT (PBOT – EOT) del Municipio.
7)        Tramitar y obtener las disponibilidades, autorizaciones, aprobaciones, conexión y prestación de los servicios públicos domiciliarios de acueducto, alcantarillado pluvial, alcantarillado sanitario, energía, gas natural y telecomunicaciones.
8)        Dirigir la obra que comprende las funciones directiva y administrativas de la construcción, dentro del contexto del contrato con plena autonomía técnica y directiva.
9)        Cumplir con la totalidad de las obligaciones legales derivadas de las relaciones laborales que tenga con sus propios trabajadores.
10)      Comprar o arrendar en nombre propio, la totalidad de los elementos, materiales y equipos necesarios para la construcción.
11)      Contratar en nombre propio, el personal que sea necesario para la buena marcha de la obra y pagar los salarios y prestaciones sociales de esos trabajadores.
12)      Los contratos laborales se celebrarán entre el FIDEICOMITENTE CONSTRUCTOR y el personal que sea necesario.  No existe ninguna relación laboral entre LA FIDUCIARIA y los TRABAJADORES contratados por el FIDEICOMITENTE CONSTRUCTOR ni de cualquiera de estos con el MUNICIPIO DE ABC.
13)      Atender el almacenamiento adecuado y la conservación de los materiales y herramientas de la obra, nombrando para tal efecto, un almacenista y el personal auxiliar necesario.   No existe ninguna relación laboral entre LA FIDUCIARIA y los TRABAJADORES contratados por el FIDEICOMITENTE CONSTRUCTOR ni de de estos con el MUNICIPIO DE ABC.
14)      Mantener en todo momento la obra libre de acumulación de desperdicios o de escombros y retirar al final de ella todos los residuos, herramientas, andamios y sobrantes en general, dejando la obra completamente aseada.
15)      Disponer en forma adecuada los materiales, herramientas y demás elementos sobrantes de la construcción.   Suministrar la lista de los elementos que deben darse de baja por inservibles.
16)      Coordinar y explicar los planos y especificaciones al personal técnico, operarios y contratantes o subcontratistas; y entregar copias de los planos finales al MUNICIPIO DE ABC.
17)      Procurar con la mayor diligencia posible el cumplimiento de los presupuestos y el adelantamiento de la obra para obtener el mayor beneficio y eficiencia.
18)      Asistir a los Comités Fiduciarios e informar mensualmente a la FIDUCIARIA el valor de la inversión en las obras que se hayan adelantado, con el fin de que LA FIDUCIARIA tomando como base este valor actualice el valor del FIDEICOMISO y lo presente al Comité Fiduciario.
19)      Llevar de manera clara ordenada y concertada con la FIDUCIARIA, los soportes y documentos base de la contabilidad.
20)      Responder ante el FIDEICOMISO y/o los COMPRADORES por los daños que se causen por el retardo injustificado de las obras o como consecuencia de éstas.
21)      Contratar el personal que sea necesario para esta gestión de promoción y venta.  Los contratos laborales se celebrarán entre el FIDEICOMITENTE CONSTRUCTOR y el personal que sea necesario.  No existe ninguna relación laboral entre LA FIDUCIARIA y los TRABAJADORES contratados por el FIDEICOMITENTE CONSTRUCTOR.
22)      El FIDEICOMITENTE CONSTRUCTOR suscribirá directamente las promesas de compraventa de las unidades inmobiliarias que se desarrollen en el PROYECTO y enviará copia de estas a la FIDUCIARIA.  Los formatos de promesas de venta deben ser elaborados por el FIDEICOMITENTE CONSTRUCTOR, contar con la previa aprobación de la FIDUCIARIA.
23)      El FIDEICOMITENTE CONSTRUCTOR suscribirá, junto con la FIDUCIARIA, las escrituras de compraventa de las unidades inmobiliarias que se desarrollen en el PROYECTO para efectos de cumplir con las obligaciones que se deriven de la construcción del PROYECTO.
24)      Asesorar a los compradores, en el trámite de su crédito individual y adelantar el análisis de la capacidad financiera de los compradores que adquieren las unidades inmobiliarias, actuando con la debida diligencia y cuidado en esta labor; debiendo solicitar la correspondiente información a CIFIN y/o Datacrédito, estudiar los estados financieros de los compradores y revisar los ingresos por millón de cada uno de estos, sin perjuicio de otras diligencias que el FIDEICOMITENTE CONSTRUCTOR considere necesarias para este fin.
25)      Hacer el seguimiento, control y gestión, respecto del otorgamiento y desembolso de los créditos individuales de largo plazo que otorguen las entidades pertinentes a los COMPRADORES.
26)      Llevar el control y hacer seguimiento a la cartera de ventas, y gestionar su cobro extrajudicial y judicial, con cargo a los recursos del FIDEICOMISO.  
27)      Hacer el seguimiento de los desembolsos de créditos de los FINANCIADORES y de las cuotas por pagar, y hacer la gestión necesaria para que sean desembolsados oportunamente, según el presupuesto de inversiones del PROYECTO.
28)      El FIDEICOMITENTE CONSTRUCTOR queda obligado a adelantar todos los trámites relacionados con el desarrollo, registro y demás actuaciones necesarias para que el PROYECTO cuente con el respectivo Reglamento de Propiedad Horizontal.
29)      Garantizar al Patrimonio Autónomo y a los compradores, la estabilidad de la obra, de acuerdo con las normas legales.
30)      Adelantar las reparaciones que los compradores de los inmuebles resultantes del PROYECTO soliciten en el plazo no mayor a un año después de entregadas las unidades, con cargo a los recursos del constructor; para ordenar en debida forma y garantizar el Proceso de la Postventa.
31)      El FIDEICOMITENTE CONSTRUCTOR diseñará, elaborará y entregará un Manual de Uso de las Viviendas (uno para Apartamentos y otro para las Casas) a todos y cada uno de los hogares beneficiarios del proyecto, el cual deberá exponer, explicar y socializar en debida forma ante la comunidad a fin de establecer un mecanismo ágil y expedito que permita la solución de las reclamaciones que presenten los hogares por la calidad de las viviendas, que los oriente en el futuro desarrollo progresivo de las viviendas y explique las garantías para los elementos, equipos y dispositivos que las conforman.
32)      Realizar todas las gestiones y obtener todos los permisos, licencias y autorizaciones necesarias para desarrollar el PROYECTO.   No será responsabilidad y obligación de la FIDUCIARIA suscribir como titular las licencias de urbanización, parcelación, subdivisión y construcción y las demás que se requieran para desarrollar el PROYECTO, las mismas serán solicitadas de manera directa por el FIDEICOMITENTE CONSTRUCTOR, en virtud de lo previsto en el artículo 16 del Decreto 564 de 2006.
33)      El FIDEICOMITENTE CONSTRUCTOR se obliga a mantener indemne a la Fiduciaria, al Patrimonio Autónomo y al Municipio de ABC frente a las reclamaciones judiciales, administrativas y de cualquier otra naturaleza que sean presentadas en contra de la Fiduciaria directamente o como vocera del Patrimonio Autónomo, o del Municipio de ABC derivadas de la promoción, comercialización, construcción, gerencia, ventas y demás aspectos del Proyecto.  Igualmente el FIDEICOMITENTE CONSTRUCTOR se obliga a asumir todos los costos y gastos en que deban incurrir la Fiduciaria y/o el Municipio de ABC para atender las reclamaciones presentadas en su contra.

OBLIGACIONES DEL INTERVENTOR.
1)     ESTUDIO DE LOS DOCUMENTOS DEL CONTRATO DE OBRA. Además del estudio técnico del proyecto, el Interventor analizará el contrato que vigilará, el pliego de condiciones con sus anexos y cualquier otro documento oficial concerniente al mismo.
2)     REVISIÓN DEL PROYECTO El Interventor deberá revisar los planos del proyecto y sus obras complementarias, con el fin de conceptuar sobre el mismo, o sobre las modificaciones requeridas. Asimismo, avalará las zonas de depósito y las fuentes de materiales, de acuerdo con los resultados de los estudios y ensayos de laboratorio necesarios, y conceptuará sobre obras necesarias no contempladas en las cantidades de obra inicialmente contratadas.  El informe correspondiente deberá entregarlo al GERENTE DEL PROYECTO dentro del mes siguiente a la fecha de iniciación de los trabajos. El Interventor podrá efectuar las modificaciones en el diseño que estime convenientes para minimizar costos o eludir problemas de predios, sin embargo, éstas deberán someterse a la aprobación previa del GERENTE DEL PROYECTO, y será responsabilidad de la interventoría el oportuno suministro al contratista de los nuevos diseños, así como dar solución a los diferentes problemas que se presenten en la obra, tales como fuentes de materiales, predios, etc. Antes de efectuar cualquier modificación en el proyecto deberá hacerse un balance económico del contrato, y si las variaciones superan el valor contractual se requerirá la aprobación de las mismas por parte del GERENTE DEL PROYECTO. Será obligación de la Interventoría, poner en conocimiento del GERENTE DEL PROYECTO, con la debida anticipación, la necesidad de prórroga o el vencimiento del contrato de obra. En cada uno de estos casos, será la Interventoría la responsable de solicitar oportunamente el trámite pertinente, previa justificación técnica de los hechos, quedando a juicio del GERENTE DEL PROYECTO  la determinación final. En el evento en que haya lugar a una prórroga del contrato de obra, por causas imputables a la interventoría, ésta permanecerá al frente de los trabajos hasta su terminación, sin que el GERENTE DEL PROYECTO deba efectuar erogación alguna por este concepto. El Residente será el representante del Interventor en la obra, y como tal deberán tener plena autonomía para actuar y tomar decisiones en su nombre.
3)     ENTREGA DEL PROYECTO AL CONTRATISTA. El Interventor entregará al contratista todos los documentos y especificaciones correspondientes a las obras objeto de interventoría. El Residente de Interventoría procederá con el Contratista a analizar las especificaciones del proyecto, así como el programa de trabajo e inversión, las fuentes de materiales y requisitos de mano de obra, de equipos, de mantenimiento del tránsito, la seguridad de los trabajadores y de los transeúntes y, en general, todo aquello que conlleve a una adecuada y eficiente ejecución de la obra. En general, el Interventor deberá establecer las pautas sobre la ejecución, dirección y control de la obra.
4)     LIBRO DIARIO DE LA OBRA (BITÁCORA) El Interventor vigilará que el contratista abra un libro (bitácora) en el cual se anotarán diariamente los hechos y sucesos relacionados con el desarrollo de la obra, así como las observaciones o sugerencias que haga la Interventoría. Cada anotación diaria que se haga en este libro deberá llevar la fecha y la firma de los ingenieros residentes del Contratista y del Interventor. El responsable de mantener al día este diario será el Residente de Interventoría, quien está en la obligación de presentarlo a los representantes de el GERENTE DEL PROYECTO  que visiten la obra El libro diario de la obra deberá entregarse a el GERENTE DEL PROYECTO  una vez finalizados los trabajos.
5)     CAMBIOS O MODIFICACIONES EN LAS ESPECIFICACIONES El Interventor deberá analizar y conceptuar acerca de los cambios o modificaciones en las especificaciones iniciales del proyecto, solicitados por el Contratista, por razones técnicas, económicas o de otra índole, y si encuentra conveniente dicho cambio, solicitará autorización a el GERENTE DEL PROYECTO, indicando la cantidad, precio unitario, valor total y la respectiva justificación.
6)     CONTROL DEL PROGRAMA DE TRABAJO E INVERSIÓN DEL CONTRATO DE OBRA El Interventor vigilará el cumplimiento del programa de trabajo e inversión aprobado por el GERENTE DEL PROYECTO. El interventor y el contratista evaluarán semanalmente la ejecución del contrato, revisando el programa de obra actualizado para establecer en qué condiciones avanzan los trabajos. De estas evaluaciones se levantará un acta, suscrita por los ingenieros residentes del contratista y de la interventoría, donde se consignará el estado real de los trabajos; en caso de presentarse algún atraso, se señalarán los motivos del mismo, dejando constancia de los correctivos que se tomarán para subsanarlo, los cuales se plasmarán en una modificación al programa de obra, que no podrá contemplar la disminución de las cantidades programadas para cada mes ni una prórroga del plazo inicialmente establecido. Cuando se presenten circunstancias especiales, tales como ampliación de plazo o modificación de las cantidades, el Contratista deberá someterlas a revisión y aprobación de la Interventoría, para que ésta, a su vez, obtenga la respectiva aprobación por parte del GERENTE DEL PROYECTO.
7)     CONTROL DEL EQUIPO DEL CONTRATISTA El Interventor deberá llevar un registro completo del equipo del Contratista, indicando modelo, marca, serie, capacidad, potencia, etc., corroborando si corresponde o no al exigido, y anotando cualquier cambio en la lista inicial del mismo, cuál se encuentra operando, cuál en reparación o cuál inactivo; si, transcurridos cinco (5) días, el equipo dañado no ha sido reparado, el Interventor deberá exigir su reemplazo por uno de características similares o superiores al que se encuentra en reparación, el cual debe entrar a operar dentro de los cinco (5) días siguientes. De no darse cumplimiento a su notificación, deberá solicitar a la Secretaría de Obras Publicas que haga efectivas las multas pactadas.
8)     LISTA DE LOS EMPLEADOS Y TRABAJADORES DEL CONTRATISTA El Interventor deberá mantener al día una relación de los empleados y trabajadores asignados por el Contratista a la obra.
9)     REVISIÓN Y APROBACIÓN DE LAS ACTAS DE PAGO El Interventor revisará y aprobará, bajo su responsabilidad, las actas de pago, verificando que la información financiera acumulada, el valor de los contratos adicionales, las modificaciones a las cantidades medidas y aceptadas para el pago, el valor de los trabajos ejecutados y los acumulados, y toda la información adicional, esté correcta, para lo cual anexará un balance general de los trabajos ejecutados. Bajo ningún aspecto, el Interventor aceptará cantidades que estén por fuera del contrato original y que no hayan sido previamente aprobadas por el GERENTE DEL PROYECTO, y estén debidamente incluidas mediante actas de modificación de cantidades, o contrato adicional, según sea el caso.
10)   REVISIÓN DE LAS ACTAS DE MODIFICACIÓN DE CANTIDADES El Interventor elaborará las actas de modificación a las cantidades iniciales del contrato, verificando que la información incluida esté correcta; en caso de ser necesario introducir modificaciones a las cantidades inicialmente contratadas, el Interventor hará una evaluación minuciosa de cada uno de los ítems del contrato, de forma tal que dichas modificaciones no impliquen cambios significativos en las actividades fundamentales para cumplir con el objeto del contrato, todo lo cual quedará a juicio de el GERENTE DEL PROYECTO para su perfeccionamiento, siempre y cuando, como requisito previo, se esté ejecutando la obra de acuerdo con el cronograma de actividades aprobado.
11)   CONCEPTO SOBRE PRECIOS UNITARIOS PARA OBRAS EXTRAS En caso de necesitarse la incorporación de nuevos ítems, diferentes a los contemplados en el contrato original, el Contratista presentará a la interventoría, el análisis detallado de cada precio unitario. El Interventor realizará y presentará su propio análisis de precios, justificando cada uno de los componentes del mismo, y entregando su concepto acerca del análisis presentado por el Contratista. Igualmente, informará sobre los volúmenes de obra por ejecutar, presentando sus recomendaciones y un balance general del contrato. Cuando se trate de maquinaria de construcción, para la cual el Contratista solicita que se le fije el costo por hora, día, semana, mes, etc., el Interventor presentará las recomendaciones del costo/hora real, según el análisis de costos de propiedad y operación, estado de la máquina, modelo, serie, capacidad y año de fabricación.
12)   INTERVENTORÍA AMBIENTAL Comprende, en general, las siguientes actividades: • Realizar el control ambiental, y verificar el cumplimiento de todas las normas, condicionantes, diseños, actividades y procesos recomendados en la normatividad ambiental, incluida la Guía de Manejo Socio Ambiental de la Obra Pública, adoptada mediante Decreto Municipal 673 de 2006. • Exigir al contratista la obtención de los permisos ambientales para uso y aprovechamiento de los recursos naturales, previo a la iniciación de las obras, y velar por el cumplimiento de las medidas impuestas por la autoridad ambiental competente. • Presentar informes mensuales sobre las medidas de prevención, corrección, mitigación y compensación implantadas • Resolver las consultas e inquietudes de las comunidades con respecto al manejo ambiental del proyecto. • Efectuar el seguimiento y monitoreo de los trabajos para vigilar que la ejecución de las obras se enmarque dentro de los requerimientos ambientales, y que sus resultados correspondan a los esperados, y diseñar o recomendar los correctivos necesarios. Diseñar o recomendar las medidas tendientes a controlar, compensar y mitigar los efectos ambientales, y a su vez, verificar su ejecución por parte del contratista.
13)   CONTROL DE CALIDAD DE LA OBRA El interventor auditará, controlará y revisará los ensayos de campo, de laboratorio y de materiales que deba ejecutar el Contratista para las diferentes actividades, de acuerdo con las normas y especificaciones de construcción vigentes y estipuladas en el contrato, e informará a el GERENTE DEL PROYECTO sus resultados dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a su obtención.
14)   COMITÉ DE OBRA Miembros del Comité: Estará integrado por los representantes del GERENTE DEL PROYECTO, la interventoría y el contratista. Periodicidad de las Reuniones: El Comité se reunirá con la periodicidad acordada con el representante del GERENTE DEL PROYECTO, denominado Coordinador de la Interventoría. Funciones del Comité: A manera descriptiva, las funciones principales de dicho comité son, sin limitarse a ellas: • Estudiar, aprobar o rechazar los sistemas constructivos propuestos por el contratista. • Estudiar cambios en las especificaciones técnicas, para someterlas a consideración del GERENTE DEL PROYECTO. • Analizar el desarrollo de los aspectos técnicos y administrativos durante la ejecución del contrato. • Analizar el avance de la obra y el control de la programación, determinando las proyecciones, causas, efectos y fijando metas de corto plazo para prevenir o disminuir desfases en la ejecución del programa general de obra. • Analizar la información correspondiente al control de calidad de materiales y de la obra ejecutada. • Las demás funciones propias de este tipo de Comités.
15)   ENTREGA DE LA OBRA. Visita Final a la Obra A la terminación de los contratos, se efectuará una inspección final a los trabajos por parte del Interventor, el Coordinador de el GERENTE DEL PROYECTO y el Contratista, que servirá para elaborar el Acta Preliminar de Observaciones, que incluirá los detalles que requieren ajustes o correcciones para la recepción definitiva de los trabajos. Acta de Recibo Final Se elaborará un documento donde se consigne la recepción definitiva de los trabajos, verificando el cumplimiento de los compromisos adquiridos por el contratista en el Acta Preliminar de Observaciones. Entrega de la Obra La Interventoría supervisará y controlará que al momento de la entrega, las obras se encuentren en perfecto estado y acordes con las condiciones contractuales.
16)   LIQUIDACIÓN DEL CONTRATO DE OBRA El Interventor procederá a liquidar el contrato de obra, por vencimiento del plazo contractual o en cualquiera de los eventos señalados por la ley, de acuerdo con el procedimiento establecido en la misma.
17)   OTRAS FUNCIONES: a) Exigir al Contratista la ejecución idónea y oportuna del contrato. b) Adoptar las medidas necesarias para mantener, durante el desarrollo y ejecución del contrato, las condiciones técnicas, económicas y financieras existentes al momento del ofrecimiento y de la celebración del contrato de obra. c) Actuar oportunamente, de tal manera que no sobrevenga una mayor onerosidad en el cumplimiento de las obligaciones de las partes. d) Efectuar todos los estimativos y cálculos financieros que el GERENTE DEL PROYECTO solicite. e) Revisar, controlar y supervisar el estado financiero del contrato de obra. f) Corregir, en el menor tiempo posible, los desajustes que pudieren presentarse, y determinar los mecanismos y procedimientos pertinentes para prever o solucionar rápida y eficazmente las diferencias que llegaren a surgir durante la ejecución del contrato. g) Suscribir con el Contratista y los vecinos de la obra, un acta de vecindad, haciendo constar el estado en que se encuentra el sitio y las construcciones y amueblamientos aledaños a éste. h) Controlar el manejo del anticipo entregado al Contratista. i) Llevar y mantener actualizadas, con todos los actos que se generen durante la ejecución, las carpetas que reposan en el archivo del GERENTE DEL PROYECTO, con los documentos originales de los contratos de obra y de interventoría. j) Estudiar y conceptuar oportunamente sobre las sugerencias y consultas del contratista. k) Responder, en primera instancia, y luego someter a aprobación del GERENTE DEL PROYECTO, las reclamaciones que presente el contratista. l) Prestar apoyo al GERENTE DEL PROYECTO para resolver las solicitudes del contratista de obra. m) Informar al GERENTE DEL PROYECTO sobre los hechos que puedan dar lugar a la imposición de multas al contrato vigilado, cuando a ello haya lugar, mediante la presentación del informe respectivo. n) Asesorar al GERENTE DEL PROYECTO en todos los asuntos jurídicos que se susciten en desarrollo de las obras objeto de la interventoría. o) Elaborar y allegar los documentos que se requieran para la liquidación del contrato de obra.
18)   INFORMES DE INTERVENTORÍA. Informes de avance mensual Como requisito para la aprobación de las actas de pago de la interventoría, el interventor deberá presentar un informe mensual, en original y copia, que permita tener una visión clara y objetiva del estado de los trabajos en el período, y que comprenda, como mínimo, las siguientes partes: Área Técnica: - Descripción y cantidades de las actividades ejecutadas - Gráficos de cantidades de obra - Control de programación - Control de equipos - Resumen de modificación de cantidades y especificaciones - Resultados de ensayos y pruebas - Comentarios y recomendaciones Área Administrativa: - Actas de comités de obra - Resumen del estado de contratos y subcontratos. - Información sobre personal, equipos e insumos. - Registro fotográfico, con notas explicativas de pie de página (tamaño mínimo de las fotos: 10 x 15 cm) - Comentarios y recomendaciones. Área Contable y Financiera: - Control de presupuesto e inversión - Reporte de multas y sanciones - Comentarios y recomendaciones. Información de los Contratos de Obra e Interventoría: - Número del contrato – Objeto – Valor – Plazo - Vigencia de las garantías - Estado del anticipo - Estado de las actas de pago parcial - Valor de las actas pagadas - Valor de las actas en trámite
19)   Informe final El Interventor deberá presentar un informe final, en el cual hará una relación de los problemas geológicos, hidráulicos, de suelos y ambientales que hubieren surgido en el desarrollo del contrato, la ubicación y características de las fuentes de materiales utilizadas en la construcción de las obras, clase de ensayos ejecutados y los resultados obtenidos. El informe deberá incluir las recomendaciones especiales que el Interventor considere necesarias y convenientes para la adecuada conservación de la obra. En general, el informe final deberá contener:
·        Cuadro de relación de trabajos ejecutados, indicando cantidades y valores
·        Informe descriptivo de los trabajos
·        Características técnicas
·        Fuentes de materiales utilizadas.
·        Ensayos de laboratorio realizados.
·        Informes socio-ambientales del proyecto.
·        Libro diario o bitácora
·        Actas de comités de obra
·        Informes de control de calidad
·        Informes diarios de cuadrillas.
Toda la información anteriormente descrita deberá entregarse debidamente organizada de acuerdo con las normas del Recepción del GERENTE DEL PROYECTO, las cuales serán suministradas oportunamente por el Coordinador o Supervisor del contrato de interventoría.



Preparado por:
LUIS ALBERTO VARGAS BALLEN
Gerente
Ebusiness Vivienda


[1] NOTA 1: El Municipio de ABC da por entendido que la Sociedad Fiduciaria estudió y evaluó este riesgo al momento de presentar su propuesta, por lo cual se da por entendido que realizó un estudio previo sobre el predio que el Municipio de ABC  transferirá a título de fiducia mercantil, para lo cual se dejan a su disposición los siguientes documentos, los cuales se publicaron en el Portal SECOP:  1) Estudios previos de selección de alternativas para determinar la ubicación del predio para desarrollar el programa de vivienda; 2) Copia del avalúo comercial del predio; 3) Copia de la Escritura Pública No. XXX de DIA-MES-AÑO de adquisición del predio; 4) Folios de Matrícula Inmobiliaria CCC-010101010; 5) ACUERDO No. XXX de DIA-MES-AÑO, “Por medio del cual se crea el Subsidio Familiar de Vivienda de Interés Social Municipal, el Comité Municipal de Vivienda, se otorgan facultades al Alcalde del Municipio de ABC, Departamento de DEF, y se dictan otras disposiciones.
[2] NOTA 2: Es entendido que los hogares compradores (beneficiarios) NO asumirán con cargo a sus recursos NI como complemento al valor de las viviendas y así deberá quedar establecido en las respectivas promesas de compraventa; que los gastos notariales y de registro de las escrituras públicas de compraventa de las unidades de vivienda y sus actos complementarios como constitución del patrimonio de familia, la afectación a vivienda familiar, la limitación al dominio por 5 años que exigen las entidades otorgantes de los subsidios y el mutuo de crédito hipotecario; además de los derechos de conexión, medidores y contadores de los servicios públicos domiciliarios, todo de acuerdo con las tarifas establecidas por las Superintendencias de Notariado y Registro y de Servicios Públicos Domiciliarios serán con cargo y obligación del FIDEICOMITENTE CONSTRUCTOR quien debe gestionar ante las Empresas de Servicios Públicos para que algunos de estos costos, sean diferidos a los hogares para ser pagados en las futuras cuentas mensuales por concepto de consumo de los respectivos servicios públicos.